5. Anuncios. . (2024/163-40)
Anuncio de 12 de agosto de 2024, del acuerdo del pleno de la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva, por el que se aprueba la incorporación a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva de la Entidad Local Autónoma de La Redondela (Huelva), y relación resultante de los municipios y entidades locales autónomas integrantes de la Mancomunidad.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 163 - Jueves, 22 de agosto de 2024
página 49664/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
MANCOMUNIDADES
Anuncio de 12 de agosto de 2024, del acuerdo del pleno de la Mancomunidad
de Servicios de la Provincia de Huelva, por el que se aprueba la incorporación
a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva de la Entidad Local
Autónoma de La Redondela (Huelva), y relación resultante de los municipios y
entidades locales autónomas integrantes de la Mancomunidad.
Por esta Mancomunidad, en sesión plenaria de fecha 23 de julio de 2024, se adoptó,
con el voto favorable de la mayoría absoluta del pleno de la Mancomunidad, el acuerdo
siguiente.
El pleno de conformidad con el artículo 11.2 del Decreto 156/2021, de 4 de mayo, por
el que se regulan las Entidades Locales Autónomas de Andalucía, el artículo 75 de la
Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, el artículo 47.2.g) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y con el artículo 30.1.b)
de los estatutos de la Mancomunidad, adopta por mayoría absoluta el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la incorporación a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de
Huelva de la Entidad Local Autónoma de La Redondela (Huelva).
Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el acuerdo de
adhesión junto con el nuevo anexo de los estatutos con la relación resultante de los
municipios y entidades locales autónomas integrantes de la Mancomunidad.
Tercero. Comunicar el acuerdo adoptado a la Consejería competente sobre régimen
local de la Junta de Andalucía, que lo comunicará a la Administración General del Estado.
Conforme a lo establecido en el artículo 75.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de
Autonomía Local de Andalucía, por medio del presente anuncio se da publicidad al
anterior acuerdo, así como al nuevo anexo de los estatutos con la relación resultante de
los municipios y entidades locales autónomas integrantes de la Mancomunidad y que se
inserta al final.
Contra el nuevo anexo de los estatutos se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Previamente, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el órgano u órganos que dictaron el acto de aprobación del nuevo
anexo de los estatutos, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien requerimiento, también potestativo, en el caso de que la impugnación se efectúe
por una Administración Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley
29/1998, de 13 de julio.
00306614
Aljaraque, 12 de agosto de 2024.- El Presidente, Diego del Toro Pérez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 163 - Jueves, 22 de agosto de 2024
página 49664/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
MANCOMUNIDADES
Anuncio de 12 de agosto de 2024, del acuerdo del pleno de la Mancomunidad
de Servicios de la Provincia de Huelva, por el que se aprueba la incorporación
a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de Huelva de la Entidad Local
Autónoma de La Redondela (Huelva), y relación resultante de los municipios y
entidades locales autónomas integrantes de la Mancomunidad.
Por esta Mancomunidad, en sesión plenaria de fecha 23 de julio de 2024, se adoptó,
con el voto favorable de la mayoría absoluta del pleno de la Mancomunidad, el acuerdo
siguiente.
El pleno de conformidad con el artículo 11.2 del Decreto 156/2021, de 4 de mayo, por
el que se regulan las Entidades Locales Autónomas de Andalucía, el artículo 75 de la
Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, el artículo 47.2.g) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y con el artículo 30.1.b)
de los estatutos de la Mancomunidad, adopta por mayoría absoluta el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la incorporación a la Mancomunidad de Servicios de la Provincia de
Huelva de la Entidad Local Autónoma de La Redondela (Huelva).
Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el acuerdo de
adhesión junto con el nuevo anexo de los estatutos con la relación resultante de los
municipios y entidades locales autónomas integrantes de la Mancomunidad.
Tercero. Comunicar el acuerdo adoptado a la Consejería competente sobre régimen
local de la Junta de Andalucía, que lo comunicará a la Administración General del Estado.
Conforme a lo establecido en el artículo 75.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de
Autonomía Local de Andalucía, por medio del presente anuncio se da publicidad al
anterior acuerdo, así como al nuevo anexo de los estatutos con la relación resultante de
los municipios y entidades locales autónomas integrantes de la Mancomunidad y que se
inserta al final.
Contra el nuevo anexo de los estatutos se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Previamente, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el órgano u órganos que dictaron el acto de aprobación del nuevo
anexo de los estatutos, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de
la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien requerimiento, también potestativo, en el caso de que la impugnación se efectúe
por una Administración Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley
29/1998, de 13 de julio.
00306614
Aljaraque, 12 de agosto de 2024.- El Presidente, Diego del Toro Pérez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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