3. Otras disposiciones. . (2024/162-12)
Resolución de 30 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública la instalación eléctrica que se cita. (PP. 9245/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 162 - Miércoles, 21 de agosto de 2024

página 49001/3

Séptimo. Con fecha de 17.1.2024, se emite Resolución de la Delegación Territorial de
Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que
se modifica la autorización ambiental unificada otorgada a Endesa Distribución Eléctrica,
S.L.U., para el proyecto «Nueva subestación Zumajo 220/66 kV de 2 X 125 MVA y
línea aérea 66 kV D/C E/S en subestación Zumajo desde la línea 66 kV Medina-Vejer»,
t.m. Vejer de la Frontera (Cádiz), por la que se resuelve la modificación no sustancial de la
autorización ambiental unificada otorgada en fecha 11 de enero de 2020 a Edistribucion
Redes Digitales, S.L.U., para el proyecto de «Nueva Subestación Zumajo 220/66 kV de
2 X 125 Mva y Línea Aérea 66 kV D/C E/S en subestación Zumajo desde la línea 66 kV
Medina-Vejer»,en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz).
Octavo. Se envía con fecha 8.3.24 al Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, separata
para la modificación en la que se establece la finalidad y justificación del cambio de
ubicación del apoyo de fin de línea núm. 1 de la futura línea aérea a 66 kV doble circuito
entrada y salida «S.E.T. Zumajo» desde la línea aérea a 66 kV simple circuito «MedinaVejer», debido a la implantación definitiva de la nueva subestación «Zumajo» ya que la
citada instalación afecta a bienes a su cargo, a fin de que puedan prestar su conformidad
u oposición en un plazo no superior a treinta (30) días hábiles. Sin que hayan emitido
contestación ni condicionado alguno, se entiende su conformidad.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305952

Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de
simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.