5. Anuncios. . (2024/158-40)
Anuncio de 30 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por el que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de las infraestructuras eléctricas de evacuación. (PP. 9270/2024).
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 158 - Miércoles, 14 de agosto de 2024
página 49265/2
En su virtud, esta Delegación de la Junta de Andalucía en Sevilla, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que
comparezcan en el/los Ayuntamiento/s donde radica la finca afectada, como punto de
reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52,
llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el de la
de ocupación definitiva.
El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 17 de octubre
de 2024, en horario de mañana, en el Ayuntamiento de Utrera (Sevilla). El orden de
levantamiento de actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula
de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos del
Ayuntamiento señalado y como anexo de este anuncio.
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada
acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil
siguiente, con igual horario.
A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier
clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por personas debidamente autorizadas, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles,
pudiendo acompañarse, a su costa, de perito y un notario, si lo estiman oportuno.
En el caso de que se haya obtenido algún tipo de acuerdo escrito con la empresa
beneficiaria relativo al asunto, no será precisa la asistencia, aportándose en todo caso
dicho acuerdo alcanzado con la misma.
El presente anuncio se notificará al/a los Ayuntamiento/s donde discurren las fincas
afectadas, así como a los interesados con domicilio conocido, y se publicará en el Boletín
Oficial del Estado, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Boletín Oficial de la
Provincia de Sevilla, tablón de edictos del/de los referido/s ayuntamiento/s y, al menos,
en dos periódicos de la provincia. Asimismo, servirá de notificación a los interesados
desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos de lo previsto en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Este acto se hace público para que, si existieran terceras personas que se
consideraran de mejor derecho, puedan comparecer en el día, hora y lugar indicado para
formular la reclamación que estimen oportuna, para lo que tendrán que acudir provistos
de la documentación en que fundamenten su intervención.
Se hace constar igualmente que, hasta el momento del levantamiento de actas de
pago y ocupación, los interesados podrán formular por escrito ante esta Delegación
alegaciones a los únicos efectos de corregir posibles errores en la descripción de los
inmuebles afectados, así como examinar el expediente en el que figuran las características
de las parcelas y el detalle de los bienes objeto de expropiación, con sus derechos y
accesorios.
Se advierte expresamente de que la incomparecencia no impedirá la redacción de las
oportunas actas, y que, de no recibir los justiprecios, estos serán consignados en la Caja
General de Depósitos, Servicio de Tesorería de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos.
En el expediente expropiatorio, la mercantil Edistribución Redes Digitales, S.L.U (CIF
B82846817), asume la condición de entidad beneficiaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306215
efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la
condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 158 - Miércoles, 14 de agosto de 2024
página 49265/2
En su virtud, esta Delegación de la Junta de Andalucía en Sevilla, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que
comparezcan en el/los Ayuntamiento/s donde radica la finca afectada, como punto de
reunión para, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52,
llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, el de la
de ocupación definitiva.
El levantamiento de actas previas a la ocupación tendrá lugar el día 17 de octubre
de 2024, en horario de mañana, en el Ayuntamiento de Utrera (Sevilla). El orden de
levantamiento de actas se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula
de citación, figurando la relación de titulares convocados en el tablón de edictos del
Ayuntamiento señalado y como anexo de este anuncio.
Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de la mencionada
acta previa a la ocupación de las fincas, se entiende que se realizará el primer día hábil
siguiente, con igual horario.
A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier
clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por personas debidamente autorizadas, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles,
pudiendo acompañarse, a su costa, de perito y un notario, si lo estiman oportuno.
En el caso de que se haya obtenido algún tipo de acuerdo escrito con la empresa
beneficiaria relativo al asunto, no será precisa la asistencia, aportándose en todo caso
dicho acuerdo alcanzado con la misma.
El presente anuncio se notificará al/a los Ayuntamiento/s donde discurren las fincas
afectadas, así como a los interesados con domicilio conocido, y se publicará en el Boletín
Oficial del Estado, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Boletín Oficial de la
Provincia de Sevilla, tablón de edictos del/de los referido/s ayuntamiento/s y, al menos,
en dos periódicos de la provincia. Asimismo, servirá de notificación a los interesados
desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos de lo previsto en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Este acto se hace público para que, si existieran terceras personas que se
consideraran de mejor derecho, puedan comparecer en el día, hora y lugar indicado para
formular la reclamación que estimen oportuna, para lo que tendrán que acudir provistos
de la documentación en que fundamenten su intervención.
Se hace constar igualmente que, hasta el momento del levantamiento de actas de
pago y ocupación, los interesados podrán formular por escrito ante esta Delegación
alegaciones a los únicos efectos de corregir posibles errores en la descripción de los
inmuebles afectados, así como examinar el expediente en el que figuran las características
de las parcelas y el detalle de los bienes objeto de expropiación, con sus derechos y
accesorios.
Se advierte expresamente de que la incomparecencia no impedirá la redacción de las
oportunas actas, y que, de no recibir los justiprecios, estos serán consignados en la Caja
General de Depósitos, Servicio de Tesorería de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos.
En el expediente expropiatorio, la mercantil Edistribución Redes Digitales, S.L.U (CIF
B82846817), asume la condición de entidad beneficiaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306215
efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación, adquiriendo la empresa solicitante la
condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.