3. Otras disposiciones. . (2024/155-21)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del municipio de La Palma del Condado (Huelva). (PP. 9240/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 155 - Viernes, 9 de agosto de 2024

página 48981/5

Se abonará al contratar el suministro de agua en base al siguiente cuadro,
independientemente del uso que se le dé al suministro:
Domésticos
Caudal Q3 (Permanente) m³/h
Hasta 15 mm y suministro sin contad.
Hasta 2,5
20 mm
Mayor 2,5 hasta 4
25 mm
Mayor 4 hasta 6,3
30 mm
Mayor 6,3 hasta 10
40 mm
Mayor 10 hasta 16
50 mm y en adelante
Mayor 16 hasta 63

€ (Sin IVA)
26,7623
63,4367
123,8998
214,0988
507,4934
991,1981

No Domésticos
Caudal Q3 (Permanente) m³/h
Hasta 15 mm y suministro sin contad.
Hasta 2,5
20 mm
Mayor 2,5 hasta 4
25 mm
Mayor 4 hasta 6,3
30 mm
Mayor 6,3 hasta 10
40 mm
Mayor 10 hasta 16
50 mm y en adelante
Mayor 16 hasta 63

€ (Sin IVA)
50,8341
120,4955
235,3428
406,6724
963,9643
1.882,7427

Suministros contraincendios: Correspondiente a un calibre de 25 mm no doméstico.
En el caso de suministros esporádicos, temporales o circunstanciales, solicitados con
este carácter, indistintamente de su contenido, el importe de la fianza será el quíntuplo de
las cuantías anteriormente reseñadas.
H) Verificación de contador.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del RSDA por verificación de contador
en laboratorio, se deberá abonar el importe de verificación aprobado por el laboratorio
contratante. Este importe se incrementará por el costo de la mano de obra de sustitución
del contador y el transporte al laboratorio en los siguientes importes:
Calibre de contador hasta 20 mm: 40,72 €.
Calibre de contador de 25 a 40 mm: 69,81 €.
Calibres superiores a 40 mm: 116,35 €.
I) Derechos de reconexión de suministro tras corte.
Supondrá el pago de la cuota de contratación vigente.
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente
a los usuarios del servicio, por la Entidad, hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de
Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación
o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.

00305931

Sevilla, 26 de julio de 2024.- El Director General, Jesús Ignacio Pérez Aguilera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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