3. Otras disposiciones. . (2024/155-21)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del municipio de La Palma del Condado (Huelva). (PP. 9240/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 155 - Viernes, 9 de agosto de 2024
página 48981/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del
municipio de La Palma del Condado (Huelva). (PP. 9240/2024).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones
con las Corporaciones Locales, de fecha 25 de julio de 2024, al efecto y en virtud de lo
dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se
regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito
local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el
Ayuntamiento de La Palma del Condado (Huelva) que a continuación se relacionan,
ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
Cuantía.
La cuantía resultará de la aplicación de la siguiente tarifa, a la que se le añadirá el IVA
en vigor.
A) Uso doméstico (sin IVA).
Cuota de servicio:
€/mes (Sin IVA)
3,3502
4,4604
7,9296
12,3900
17,8416
31,7183
49,5599
83,7562
126,8734
198,2396
Cuota variable:
Bloque 1: Se facturará todo el consumo que no supere los 3 m³ por habitante y mes,
si se ha acreditado el núm. de habitantes por vivienda, o que no supere los 3 m³ por
vivienda y mes, de no haberse acreditado este dato a 0,7590 €/m³.
Bloque 2: Se facturará el consumo que supere 3 m³ por habitante y mes y sea inferior
o igual a 6 m³ por habitante y mes si se ha acreditado el núm. de habitantes por vivienda,
o el consumo que supere 3 m³ por vivienda y mes y sea inferior o igual a 6 m³ por vivienda
y mes, de no haberse acreditado este dato a 1, 0894 €/m³.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305931
Domésticos
Caudal Q3 (Permanente) m³/h
Menor de 15 mm y sumin sin cont.
15 mm
2,5
20 mm
Hasta 4
25 mm
Mayor 4 hasta 6,3
30 mm
Mayor 6,3 hasta 10
40 mm
Mayor 10 hasta 16
50 mm
Mayor 16 hasta 25
65 mm
Mayor 25 hasta 40
80 mm
Mayor 40 hasta 63
100 mm
Mayor 63
BOJA
Número 155 - Viernes, 9 de agosto de 2024
página 48981/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del
municipio de La Palma del Condado (Huelva). (PP. 9240/2024).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones
con las Corporaciones Locales, de fecha 25 de julio de 2024, al efecto y en virtud de lo
dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se
regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito
local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el
Ayuntamiento de La Palma del Condado (Huelva) que a continuación se relacionan,
ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
Cuantía.
La cuantía resultará de la aplicación de la siguiente tarifa, a la que se le añadirá el IVA
en vigor.
A) Uso doméstico (sin IVA).
Cuota de servicio:
€/mes (Sin IVA)
3,3502
4,4604
7,9296
12,3900
17,8416
31,7183
49,5599
83,7562
126,8734
198,2396
Cuota variable:
Bloque 1: Se facturará todo el consumo que no supere los 3 m³ por habitante y mes,
si se ha acreditado el núm. de habitantes por vivienda, o que no supere los 3 m³ por
vivienda y mes, de no haberse acreditado este dato a 0,7590 €/m³.
Bloque 2: Se facturará el consumo que supere 3 m³ por habitante y mes y sea inferior
o igual a 6 m³ por habitante y mes si se ha acreditado el núm. de habitantes por vivienda,
o el consumo que supere 3 m³ por vivienda y mes y sea inferior o igual a 6 m³ por vivienda
y mes, de no haberse acreditado este dato a 1, 0894 €/m³.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305931
Domésticos
Caudal Q3 (Permanente) m³/h
Menor de 15 mm y sumin sin cont.
15 mm
2,5
20 mm
Hasta 4
25 mm
Mayor 4 hasta 6,3
30 mm
Mayor 6,3 hasta 10
40 mm
Mayor 10 hasta 16
50 mm
Mayor 16 hasta 25
65 mm
Mayor 25 hasta 40
80 mm
Mayor 40 hasta 63
100 mm
Mayor 63