3. Otras disposiciones. . (2024/155-31)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Campus Tecnológico de Algeciras.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 155 - Viernes, 9 de agosto de 2024
página 49249/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Campus Tecnológico de Algeciras.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Campus Tecnológico de
Algeciras, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 10.7.2024 tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía
escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su
patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los artículos 2 (Nacionalidad y domicilio);
9 (Fines); 10 (Actividades); 16 (El patronato) y 17 (Los patronos) y se motiva en la pretensión
de que la Fundación quede adscrita a la Universidad de Cádiz, de acuerdo con los criterios
establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia literal de la escritura pública otorgada
el 17.6.2024, ante el Notario don Luis Enrique Muñoz Aibar del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 764 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de
18.3.2024, relativo a la modificación de estatutos. Dicha certificación contiene el texto de
la modificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento,
lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba
el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como
en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo; en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo
30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306199
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
BOJA
Número 155 - Viernes, 9 de agosto de 2024
página 49249/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Campus Tecnológico de Algeciras.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Campus Tecnológico de
Algeciras, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 10.7.2024 tuvo entrada en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía
escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su
patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a los artículos 2 (Nacionalidad y domicilio);
9 (Fines); 10 (Actividades); 16 (El patronato) y 17 (Los patronos) y se motiva en la pretensión
de que la Fundación quede adscrita a la Universidad de Cádiz, de acuerdo con los criterios
establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia literal de la escritura pública otorgada
el 17.6.2024, ante el Notario don Luis Enrique Muñoz Aibar del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 764 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de
18.3.2024, relativo a la modificación de estatutos. Dicha certificación contiene el texto de
la modificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento,
lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba
el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como
en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo; en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo
30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306199
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.