Disposiciones generales. . (2024/154-1)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, para el «Programa de ayuda a las familias para la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil», curso 2024/2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 154 - Jueves, 8 de agosto de 2024
página 49198/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la
escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA extraordinario
núm. 1, de 29 de marzo), aprueba las bases reguladoras del «Programa de ayuda a las
familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en
Andalucía», en adelante Programa de ayuda, que tiene por objeto la concesión de ayudas
a las familias para fomentar la escolarización del alumnado menor de 3 años en centros
educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos a dicho programa, mediante la
bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar,
determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros
que imparten el primer ciclo de la educación infantil.
Según se recoge en el apartado 3 de la base octava de estas bases reguladoras, con
las mismas condiciones establecidas en esta base, se efectuará una convocatoria abierta,
una vez iniciado el curso escolar, para aquellos casos en los que el niño o la niña no hubiese
alcanzado las 16 semanas de vida a 1 de septiembre y para aquellos otros que no hubiesen
obtenido plaza en un centro adherido al Programa de ayuda en el procedimiento de reserva
de plazas escolares o en el procedimiento ordinario de admisión.
La convocatoria abierta correspondiente al curso 2024-2025 contará con cinco
procedimientos de selección sucesivos, cada uno de los cuales tendrá un plazo de
presentación de solicitudes de dos meses, desde septiembre hasta junio de ese curso
escolar, ambos incluidos, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 de la
base octava de las bases reguladoras del Programa de ayuda y en el artículo 59 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de
la Agencia Pública Andaluza de Educación establece en el artículo 1 que la Agencia
Pública Andaluza de Educación es una agencia pública empresarial de las previstas
en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía y que goza de personalidad jurídica pública diferenciada y plena
capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, patrimonio y tesorería
propios, así como autonomía de gestión en los términos previstos en la Ley 9/2007, de
22 de octubre, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de educación.
Constituyendo, según el artículo 2 del citado decreto, los fines generales de la Agencia,
como entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de
la planificación y la dirección de la Consejería competente en materia de educación, la
gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza,
cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, así como la promoción de la
oferta de plazas del primer ciclo de educación infantil en el ámbito de dicha Comunidad.
Según lo dispuesto en las bases reguladoras del Programa de ayuda y, de conformidad
con el artículo 15.l) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, la convocatoria del mismo se
efectuará por la persona titular de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza
de Educación, correspondiéndole además a ésta la instrucción, evaluación y resolución
de dicha convocatoria abierta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306148
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de la Agencia
Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta,
en régimen de concurrencia competitiva, para el «Programa de ayuda a las
familias para la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil», curso
2024/2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 154 - Jueves, 8 de agosto de 2024
página 49198/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la
escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA extraordinario
núm. 1, de 29 de marzo), aprueba las bases reguladoras del «Programa de ayuda a las
familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en
Andalucía», en adelante Programa de ayuda, que tiene por objeto la concesión de ayudas
a las familias para fomentar la escolarización del alumnado menor de 3 años en centros
educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos a dicho programa, mediante la
bonificación del precio de los servicios de atención socioeducativa y de comedor escolar,
determinados en el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros
que imparten el primer ciclo de la educación infantil.
Según se recoge en el apartado 3 de la base octava de estas bases reguladoras, con
las mismas condiciones establecidas en esta base, se efectuará una convocatoria abierta,
una vez iniciado el curso escolar, para aquellos casos en los que el niño o la niña no hubiese
alcanzado las 16 semanas de vida a 1 de septiembre y para aquellos otros que no hubiesen
obtenido plaza en un centro adherido al Programa de ayuda en el procedimiento de reserva
de plazas escolares o en el procedimiento ordinario de admisión.
La convocatoria abierta correspondiente al curso 2024-2025 contará con cinco
procedimientos de selección sucesivos, cada uno de los cuales tendrá un plazo de
presentación de solicitudes de dos meses, desde septiembre hasta junio de ese curso
escolar, ambos incluidos, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 de la
base octava de las bases reguladoras del Programa de ayuda y en el artículo 59 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de
la Agencia Pública Andaluza de Educación establece en el artículo 1 que la Agencia
Pública Andaluza de Educación es una agencia pública empresarial de las previstas
en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía y que goza de personalidad jurídica pública diferenciada y plena
capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines, patrimonio y tesorería
propios, así como autonomía de gestión en los términos previstos en la Ley 9/2007, de
22 de octubre, quedando adscrita a la Consejería competente en materia de educación.
Constituyendo, según el artículo 2 del citado decreto, los fines generales de la Agencia,
como entidad instrumental de la Administración de la Junta de Andalucía, en el marco de
la planificación y la dirección de la Consejería competente en materia de educación, la
gestión de las infraestructuras educativas y servicios complementarios de la enseñanza,
cuya competencia corresponda a la Comunidad Autónoma, así como la promoción de la
oferta de plazas del primer ciclo de educación infantil en el ámbito de dicha Comunidad.
Según lo dispuesto en las bases reguladoras del Programa de ayuda y, de conformidad
con el artículo 15.l) del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los
Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, la convocatoria del mismo se
efectuará por la persona titular de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza
de Educación, correspondiéndole además a ésta la instrucción, evaluación y resolución
de dicha convocatoria abierta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306148
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de la Agencia
Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta,
en régimen de concurrencia competitiva, para el «Programa de ayuda a las
familias para la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil», curso
2024/2025.