Autoridades y personal. . (2024/153-13)
Resolución de 31 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria externa definitiva para la cobertura de un puesto de Monitora Sociosanitaria o Monitor Sociosanitario para la Comunidad Terapéutica de La Línea (Cádiz) en la Jefatura de Atención Social y Sanitaria de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Miércoles, 7 de agosto de 2024
página 49165/4
plazas, la Agencia publicará un listado de reserva con al menos 5 personas manteniendo
el orden de prelación y criterios de desempate aplicados en todo el proceso.
Octava. Conformación de bolsa de empleo.
Una vez resuelta la adjudicación del puesto, se conformará una bolsa de empleo con
el resto de personas admitidas en el proceso selectivo que no hayan sido seleccionadas,
hasta un número máximo de 50 integrantes, según orden de prelación de la lista definitiva
para el puesto ofertado con puntuación revisada.
Para la conformación de esta bolsa, se reservará un cupo de puestos de un 10%
para ser cubiertos entre personas con discapacidad que tengan acreditado un grado
de discapacidad igual o superior a un 33%, reservando dentro del mismo un porcentaje
específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas
con enfermedad mental, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su
discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
La Agencia podrá requerir a las personas que integran la bolsa, mediante originales
o copias realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los requisitos y méritos
alegados, en los plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación
requerida en tiempo y forma o de comprobarse falsedad, las personas serán excluidas
del proceso, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido.
De igual manera la Agencia, únicamente para la conformación de esta bolsa de
empleo, otorgará de oficio el doble de puntuación en la experiencia laboral baremada en
la presente convocatoria a las personas que hayan prestado servicio en Teleasistencia
(de manera presencial), las Comunidades Terapéuticas y el servicio PEPSA durante el
periodo del estado de alarma comprendido entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020.
Todo lo anterior, según la «Medida acordada por la Dirección Gerencia de la Agencia
sobre la baremación que afecta a las personas que hayan prestado servicio en la Agencia
durante el periodo de vigencia del estado de alarma decretado por la crisis sanitaria del
COVID-19 de 23 de abril de 2020». Esta actuación de oficio por parte de la Agencia
podría suponer una baremación final superior a la autobaremación total inicial presentada
por la candidatura.
8.1. Lista provisional de conformación de bolsa de empleo.
Publicada la lista definitiva de persona seleccionada, se iniciará la revisión por parte
de la Agencia de los méritos aportados por las personas candidatas admitidas que no
hayan sido seleccionadas, aplicando en el apartado de “experiencia”, la medida aprobada
por Dirección Gerencia de la Agencia sobre la doble puntuación que se le otorga a
las personas que han trabajado durante el periodo de vigencia del estado de alarma
decretado por la crisis sanitaria del COVID-19 de 23 de abril de 2020.
Una vez concluido lo anterior, se publicará el listado provisional de personas que
conformarán la bolsa de empleo por orden de puntuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306115
Séptima. Adjudicación del puesto.
La Agencia podrá requerir a la persona seleccionada, mediante originales o copias
realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, todos los requisitos y méritos alegados, en los
plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación requerida en
tiempo y forma o de comprobarse falsedad, la persona será excluida del proceso, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudiera haber incurrido.
En el supuesto de que la persona seleccionada para ocupar el puesto ofertado en la
presente convocatoria renunciara al mismo o bien no superara el periodo de prueba, la
nueva adjudicación se efectuaría según el orden de prelación del listado de reservas en
los términos regulados en la base 6.4 de esta convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Miércoles, 7 de agosto de 2024
página 49165/4
plazas, la Agencia publicará un listado de reserva con al menos 5 personas manteniendo
el orden de prelación y criterios de desempate aplicados en todo el proceso.
Octava. Conformación de bolsa de empleo.
Una vez resuelta la adjudicación del puesto, se conformará una bolsa de empleo con
el resto de personas admitidas en el proceso selectivo que no hayan sido seleccionadas,
hasta un número máximo de 50 integrantes, según orden de prelación de la lista definitiva
para el puesto ofertado con puntuación revisada.
Para la conformación de esta bolsa, se reservará un cupo de puestos de un 10%
para ser cubiertos entre personas con discapacidad que tengan acreditado un grado
de discapacidad igual o superior a un 33%, reservando dentro del mismo un porcentaje
específico del 2% para personas con discapacidad intelectual y un 1% para personas
con enfermedad mental, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su
discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.
La Agencia podrá requerir a las personas que integran la bolsa, mediante originales
o copias realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los requisitos y méritos
alegados, en los plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación
requerida en tiempo y forma o de comprobarse falsedad, las personas serán excluidas
del proceso, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido.
De igual manera la Agencia, únicamente para la conformación de esta bolsa de
empleo, otorgará de oficio el doble de puntuación en la experiencia laboral baremada en
la presente convocatoria a las personas que hayan prestado servicio en Teleasistencia
(de manera presencial), las Comunidades Terapéuticas y el servicio PEPSA durante el
periodo del estado de alarma comprendido entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020.
Todo lo anterior, según la «Medida acordada por la Dirección Gerencia de la Agencia
sobre la baremación que afecta a las personas que hayan prestado servicio en la Agencia
durante el periodo de vigencia del estado de alarma decretado por la crisis sanitaria del
COVID-19 de 23 de abril de 2020». Esta actuación de oficio por parte de la Agencia
podría suponer una baremación final superior a la autobaremación total inicial presentada
por la candidatura.
8.1. Lista provisional de conformación de bolsa de empleo.
Publicada la lista definitiva de persona seleccionada, se iniciará la revisión por parte
de la Agencia de los méritos aportados por las personas candidatas admitidas que no
hayan sido seleccionadas, aplicando en el apartado de “experiencia”, la medida aprobada
por Dirección Gerencia de la Agencia sobre la doble puntuación que se le otorga a
las personas que han trabajado durante el periodo de vigencia del estado de alarma
decretado por la crisis sanitaria del COVID-19 de 23 de abril de 2020.
Una vez concluido lo anterior, se publicará el listado provisional de personas que
conformarán la bolsa de empleo por orden de puntuación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306115
Séptima. Adjudicación del puesto.
La Agencia podrá requerir a la persona seleccionada, mediante originales o copias
realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, todos los requisitos y méritos alegados, en los
plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación requerida en
tiempo y forma o de comprobarse falsedad, la persona será excluida del proceso, sin
perjuicio de la responsabilidad en la que pudiera haber incurrido.
En el supuesto de que la persona seleccionada para ocupar el puesto ofertado en la
presente convocatoria renunciara al mismo o bien no superara el periodo de prueba, la
nueva adjudicación se efectuaría según el orden de prelación del listado de reservas en
los términos regulados en la base 6.4 de esta convocatoria.