3. Otras disposiciones. . (2024/153-24)
Resolución de 25 de julio de 2024, de la Viceconsejería, por la que se aprueba el deslinde del perímetro exterior del monte público «Madrona y Valpajoso», titularidad del Ayuntamiento de Lucena del Puerto (Huelva) y sito en el mismo término municipal.
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BOJA
de:

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Miércoles, 7 de agosto de 2024

página 49145/3

8. Las solicitudes y alegaciones que se recibieron durante este periodo han sido las
- Agustín Mora Crespo.
- Ayuntamiento de Lucena.
- Plataforma en Defensa de los Regadíos del Condado de Huelva.
- Blu Fruit S.L. y AGM Ferralla y Estructuras S.L.
- Herederos de Manuel Regidor, herederos de José Manuel Regidor Regidor y Antonio
Luis Ruiz Mora (representados por José Manuel Reales Regidor).
- Doña Consuelo Mora Guijarro.
- María Josefa Gómez Pérez, José Borrero Gómez Antonio, Emilia Borrero Gómez
María, Rodolfo Borrero Gómez y Diego Borrero Gómez (representados por Luis
Alberto Llenera Maestre).
- Ángel Suárez Fernández.
- Herederos de Bernardo Martín Crespo.
- Irene Garrochena Picón.
- Joaquín Regidor García (herederos de Joaquín Regidor Beltrán).
- José María Díaz Rodríguez.
- José María Gómez Pérez y doña Margarita Torres Molina.
- José Regidor Caballero.
- Juan José Marchan García.
- La Condesa Berries S.L.
- Pedro Carmona Sánchez.
- Producciones Vélez Gómez S.L.
- Vicente García Díaz.
- Herederos de Mercedes Borrero y Juan Alba.
- Agroberries Reales S.L.
- Diego García Molina.

10. Con fecha 22 de julio de 2024 los Servicios Jurídicos del Gabinete Jurídico de
la Junta de Andalucía en la provincia de Huelva emiten el informe 2024/73 sobre el
deslinde de referencia, que obra en el expediente y que versa sobre el objeto y alcance
del expediente, regularidad del procedimiento y consideraciones de fondo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306095

9. De las alegaciones presentadas, fueron estimadas las presentadas por Pedro
Carmona Sánchez y Blu Fruit S.L. y AGM Ferralla y Estructuras S.L. Estimadas
parcialmente las presentadas por María Josefa Gómez Pérez, José Borrero Gómez
Antonio, Emilia Borrero Gómez María, Rodolfo Borrero Gómez y Diego Borrero Gómez
(representados por Luis Alberto Llenera Maestre), Irene Garrochena Picón y José
Regidor Caballero. Siendo el resto desestimadas, todas ellas en base a los fundamentos
de hecho y derecho expuestos en el informe de alegaciones del ingeniero operador
de fecha 8 de julio de 2024 y su anejo de fecha 10 de julio de 2024, que obran en el
expediente, y que por la técnica de la motivación in aliunde (TSJ de Andalucía, Sala
de lo Contencioso-Administrativo, Sentencia 916/2017 de 21 de septiembre de 2017,
Rec. 712/2015) se remite a los informes referidos, que jurídicamente exponen los
fundamentos en derecho que justifican la desestimación de las alegaciones interpuestas
en el expediente de deslinde. Así como en base al art. 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
por considerar que las alegaciones pueden contener datos protegidos, la publicación de
los mismos puede lesionar derechos o intereses legítimos. Es por ello que igualmente las
justificaciones de desestimación se encuentran expuestas en el informe referido de fecha
de julio de 2024, que obra en el expediente y en la Delegación Territorial en Huelva para
su consulta.