Autoridades y personal. . (2024/153-10)
Resolución de 1 de agosto de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Supervisor/a de Enfermería en el Área de Gestión Sanitaria Norte de Almería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Miércoles, 7 de agosto de 2024
página 49152/13
4.2. Estudios de maestría y experto.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por cada máster universitario relacionado con el área de conocimiento de la
especialidad del puesto que se convoca: 2,5 puntos.
b) Por cada diploma de experto universitario relacionado con el área de conocimiento
de la especialidad del puesto que se convoca: 1,5 puntos.
4.3. Actividades formativas.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En gestión clínica, organización sanitaria, calidad asistencial, y medicina o cuidados
basados en la evidencia. Por cada crédito obtenido como discente: 0,15 puntos.
b) En el área de conocimiento de la especialidad y/o línea de la actividad profesional
que realiza. Por cada crédito obtenido como discente: 0,10 puntos.
c) Sólo serán evaluables estos méritos cuando se traten de actividades acreditadas
por alguno de los órganos que integran el Sistema de Acreditación de Formación
Continuada en el Sistema Nacional de Salud.
ANEXO II
a) Impulsar la gestión de las actividades y procesos asistenciales, incorporando las
actividades de promoción de la salud, de educación para la salud y de prevención de la
enfermedad.
b) Organizar la atención a los pacientes que deban ser atendidos en la unidad.
c) Evaluar la efectividad, la calidad y la eficiencia de la atención que se prestan en la
unidad, proponiendo las medidas de mejora más adecuadas.
d) Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación desarrolla
la unidad.
e) Gestionar, de forma eficaz y eficiente, el material clínico y los productos sanitarios
necesarios para la provisión de la atención a la población de la unidad.
f) Proponer a la Dirección o jefatura de la unidad o servicio cuantas medidas,
iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento de la unidad.
g) Cualesquiera otras funciones que en su ámbito funcional le sean atribuidas por la
Dirección o jefatura de la unidad o servicio.
00306102
Sevilla, 1 de agosto de 2024.- La Directora General, P.S. (Resolución de 9.7.2024, de
la Dirección Gerencia del SAS); la Directora General de Humanización, Planificación,
Coordinación y Cuidados, María Inmaculada Vázquez Cruz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 153 - Miércoles, 7 de agosto de 2024
página 49152/13
4.2. Estudios de maestría y experto.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Por cada máster universitario relacionado con el área de conocimiento de la
especialidad del puesto que se convoca: 2,5 puntos.
b) Por cada diploma de experto universitario relacionado con el área de conocimiento
de la especialidad del puesto que se convoca: 1,5 puntos.
4.3. Actividades formativas.
Se valorarán, hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En gestión clínica, organización sanitaria, calidad asistencial, y medicina o cuidados
basados en la evidencia. Por cada crédito obtenido como discente: 0,15 puntos.
b) En el área de conocimiento de la especialidad y/o línea de la actividad profesional
que realiza. Por cada crédito obtenido como discente: 0,10 puntos.
c) Sólo serán evaluables estos méritos cuando se traten de actividades acreditadas
por alguno de los órganos que integran el Sistema de Acreditación de Formación
Continuada en el Sistema Nacional de Salud.
ANEXO II
a) Impulsar la gestión de las actividades y procesos asistenciales, incorporando las
actividades de promoción de la salud, de educación para la salud y de prevención de la
enfermedad.
b) Organizar la atención a los pacientes que deban ser atendidos en la unidad.
c) Evaluar la efectividad, la calidad y la eficiencia de la atención que se prestan en la
unidad, proponiendo las medidas de mejora más adecuadas.
d) Colaborar en las actuaciones que en materia de docencia e investigación desarrolla
la unidad.
e) Gestionar, de forma eficaz y eficiente, el material clínico y los productos sanitarios
necesarios para la provisión de la atención a la población de la unidad.
f) Proponer a la Dirección o jefatura de la unidad o servicio cuantas medidas,
iniciativas e innovaciones pudieran contribuir al mejor funcionamiento de la unidad.
g) Cualesquiera otras funciones que en su ámbito funcional le sean atribuidas por la
Dirección o jefatura de la unidad o servicio.
00306102
Sevilla, 1 de agosto de 2024.- La Directora General, P.S. (Resolución de 9.7.2024, de
la Dirección Gerencia del SAS); la Directora General de Humanización, Planificación,
Coordinación y Cuidados, María Inmaculada Vázquez Cruz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja