Autoridades y personal. . (2024/152-15)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y notificación correspondiente a la Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, por la que se convoca a profesionales expertos para su habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales y, en su caso, realización del curso de formación específica, regulado por el Real Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024
página 49067/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación
Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y notificación
correspondiente a la Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección
General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, por la que se convoca a profesionales expertos para su
habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación
del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales y, en
su caso, realización del curso de formación específica, regulado por el Real
Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del
Sistema de Formación Profesional.
La Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional,
por la que se convoca a profesionales expertos para su habilitación para el ejercicio
de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías
no formales e informales y, en su caso, realización del curso de formación específica,
regulado por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional, publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía número 24, de 2 de febrero de 2024, establece en apartado 4 de la
su base séptima, que el plazo máximo para resolver será de seis meses desde que la
solicitud tenga entrada en la Secretaría Virtual de la Consejería competente en materia
de educación.
Como consecuencia del número de solicitudes formuladas, así como de la aparición
de circunstancias sobrevenidas derivadas de la tramitación de las mismas, a la vista de la
fase en que se encuentra el procedimiento de habilitación, así como de la proximidad del
vencimiento del plazo máximo de resolución y notificación, y pese a haberse habilitado
todos los medios materiales y personales al efecto, se prevé que este plazo no va a poder
ser cumplido.
Por tanto, se considera conveniente la ampliación del plazo de resolución de las
solicitudes y su notificación, conforme se prevé en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, y haciendo uso de las competencias que tiene atribuidas, esta Dirección
General de Formación Profesional
Primero. Ampliar en 3 meses el plazo máximo de resolución y notificación del
procedimiento dirigido a profesionales expertos para su habilitación para el ejercicio
de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no
formales e informales, convocado por Resolución de 29 de enero de 2024, anteriormente
citada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306017
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024
página 49067/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación
Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y notificación
correspondiente a la Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección
General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, por la que se convoca a profesionales expertos para su
habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación
del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales y, en
su caso, realización del curso de formación específica, regulado por el Real
Decreto 659/2023 de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del
Sistema de Formación Profesional.
La Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional,
por la que se convoca a profesionales expertos para su habilitación para el ejercicio
de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías
no formales e informales y, en su caso, realización del curso de formación específica,
regulado por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional, publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía número 24, de 2 de febrero de 2024, establece en apartado 4 de la
su base séptima, que el plazo máximo para resolver será de seis meses desde que la
solicitud tenga entrada en la Secretaría Virtual de la Consejería competente en materia
de educación.
Como consecuencia del número de solicitudes formuladas, así como de la aparición
de circunstancias sobrevenidas derivadas de la tramitación de las mismas, a la vista de la
fase en que se encuentra el procedimiento de habilitación, así como de la proximidad del
vencimiento del plazo máximo de resolución y notificación, y pese a haberse habilitado
todos los medios materiales y personales al efecto, se prevé que este plazo no va a poder
ser cumplido.
Por tanto, se considera conveniente la ampliación del plazo de resolución de las
solicitudes y su notificación, conforme se prevé en el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, y haciendo uso de las competencias que tiene atribuidas, esta Dirección
General de Formación Profesional
Primero. Ampliar en 3 meses el plazo máximo de resolución y notificación del
procedimiento dirigido a profesionales expertos para su habilitación para el ejercicio
de las funciones de asesoramiento y evaluación del procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías no
formales e informales, convocado por Resolución de 29 de enero de 2024, anteriormente
citada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306017
RESU ELV E