3. Otras disposiciones. . (2024/152-31)
Orden de 28 de junio de 2024, por la que se aprueba el Programa Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 152 - Martes, 6 de agosto de 2024

página 47841/19

Programa Sectorial de Uso Público del Espacio Natural de Doñana

Esta zonificación supone la base para la aplicación del modelo de Uso Público del Espacio Natural. Como
puede verse en el Documento de ordenación de actividades, con la excepción de la Zonas de Reserva, que es,
por definición más restrictiva, existe una extensa superficie del Espacio Natural en las que se consideran
compatibles el desarrollo de las actividades de uso público.
En el Documento de ordenación de actividades se relacionan las actividades compatibles e incompatibles en
cada una de las zonas del Espacio Natural, según la normativa particular contemplada en el PORN del Espacio
Natural (apartado 8.6.)
5.2.2. CONDICIONANTES TERRITORIALES
El Espacio Natural de Doñana abarca una superficie de 128.385,8 ha, de las cuales aproximadamente 3,5 %
corresponden al ámbito marino de la Zona de Protección del Parque Nacional. Se distribuye por un total de 11
municipios, ubicados en 3 provincias diferentes (Huelva, Sevilla y Cádiz).
El ámbito de Doñana, conocido como la Comarca de Doñana, tiene una superficie de 2.733 km² (273.300 ha),
está formado por el espacio comprendido entre el litoral oriental onubense, el Bajo Guadalquivir y el corredor
Huelva-Sevilla, e incluye los siguientes términos municipales que se distribuyen en tres provincias: Almonte,
Bollullos Par del Condado, Bonares, Hinojos, Lucena del Puerto, Moguer, Palos de la Frontera y Rociana del
Condado, de la provincia de Huelva; Aznalcázar, Isla Mayor, La Puebla del Río, Pilas, Villamanrique de la
Condesa de la provincia de Sevilla y Sanlúcar de Barrameda en la provincia de Cádiz.
Los municipios de Bollullos, Bonares, Lucena, Hinojos, Rociana, Moguer, Almonte y Palos forman parte de la
tradicional Comarca del Condado de Huelva ubicada en el extremo sudeste de la provincia, delimitada por los
ríos Tinto y Guadalquivir. Los cinco primeros están incluidos en la parte sur de la subcomarca CondadoCampiña, y los tres últimos conformarían la subcomarca Condado-Litoral.
Los territorios próximos a Sevilla, el sistema territorial de El Condado, el integrado en la Ría de Huelva y
Sanlúcar de Barrameda, comparten la vinculación histórica y territorial que mantienen con sus respectivos
ámbitos de referencia, con un innovador interés sobre el Espacio Natural, su pertenencia al ámbito Doñana y
la integración en sus procesos más innovadores, de manera que, se consigue que Doñana se considere una
unidad territorial de referencia.
La consideración de este ámbito como unidad de referencia surge en 1988 con el Plan Director Territorial de
Coordinación (PDTC), el primer plan de ordenación del territorio subregional de Andalucía. Se mantiene en el
Plan de Desarrollo Sostenible de 1993, el primero que se hace con este enfoque, y con el Plan de Ordenación
del Territorio del Ámbito de Doñana (POTAD, 2003) que se formula para revisar el PDTC, aunque en este
último se segrega la parte gaditana de ámbito.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304789

Como consecuencia, el ámbito de Doñana está en su mayor parte formado por un continuo de espacios
naturales protegidos, sometidos a diversas normativas reguladoras como resultado de las distintas figuras de
protección que los amparan. Solo en el campo de la ordenación del territorio existe una normativa de
planeamiento común, se trata del POTAD que afecta a los territorios que hemos incluido en el entorno o
ámbito de Doñana (en sentido estricto).
Tras la última ampliación (2013), la Reserva de la Biosfera de Doñana, se extiende en la actualidad por la
totalidad de la superficie de once términos municipales: Almonte, Aznalcázar, Bollullos Par del Condado,