Disposiciones generales. . (2024/150-3)
Resolución de 26 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para los años 2024 y 2025 la concesión de subvenciones reguladas en la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 48915/13
4. DECLARACIONES (Continuación)
Solicitadas
Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
€
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Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
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Minimis
(Sí/No)
Minimis
(Sí/No)
Se compromete a cumplir las obligaciones exigidas.
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en el cuadro resumen de las bases reguladoras.
No ha sido condenada por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente
conforme a lo establecido en el apartado 4.c).1 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
No ha sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria
Democrática de Andalucía conforme a lo establecido en el apartado 4.c).2 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
No ha sido sancionada por resolución administrativa firme por infracción grave y/o muy grave en materia de formación
profesional para el empleo conforme a lo establecido en el apartado 4.c).3 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
No está calificada como: entidad sin ánimo de lucro, sociedad civil, comunidad de bienes, administración pública, sociedad
pública, empresa pública ni entidad vinculada o dependiente de cualquiera de ellas.
La entidad o empresa que asume el compromiso de contratación ha desarrollado actividad económica durante, al menos, el
ejercicio económico anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
La entidad o empresa que asumen el compromiso de contratación no ha obtenido un rendimiento negativo en su actividad
económica durante el ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, en la forma que esta determina.
Dispone de centros de formación por sí misma o bien ha subcontratado con una entidad de formación, en ambos casos,
debidamente inscritos o en proceso de inscripción en el Registro de Centros y Entidades Colaboradoras en materia de
Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía,
para la impartición del programa formativo objeto de la subvención, de acuerdo con los apartados 4.a) .2º.3 y 4.b) del cuadro
resumen de las bases reguladoras.
Adquiere el compromiso de formación y contratación del alumnado participante en las condiciones establecidas en las bases
reguladoras, en la convocatoria y en la resolución de concesión.
00305865
La empresa que asume el compromiso de contratación dispone de, al menos, un centro de trabajo en territorio andaluz con
puestos de trabajo a cubrir mediante el compromiso de contratación del programa formativo solicitado o bien prevé la
apertura de nuevos centros de trabajo en Andalucía para dicho fin.
La empresa que asumen el compromiso de contratación se compromete a no reducir el número medio de personas
trabajadoras en su plantilla desde el momento de la publicación de la convocatoria hasta la propuesta de resolución de
concesión.
Se compromete a garantizar que la participación de mujeres y hombres, tanto en el programa formativo como en el
compromiso de contratación, sea paritaria, de acuerdo con el apartado 1.4 y 4.a).2º.6 del cuadro resumen de las bases
reguladoras.
Se compromete a tener en cuenta, en la selección del alumnado participante, la mayor adecuación e idoneidad de estas
candidaturas a los puestos ofertados y a los requisitos establecidos. El alumnado no habrá podido tener relación laboral con
la empresa en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, con la excepción establecida en el apartado
22.b).3º.7 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
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4. DECLARACIONES (Continuación)
Solicitadas
Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
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Fecha/Año
Administración / Ente público o privado, nacional o internacional
Importe/Concepto
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Minimis
(Sí/No)
Minimis
(Sí/No)
Se compromete a cumplir las obligaciones exigidas.
No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en el cuadro resumen de las bases reguladoras.
No ha sido condenada por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente
conforme a lo establecido en el apartado 4.c).1 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
No ha sido sancionada por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la Memoria
Democrática de Andalucía conforme a lo establecido en el apartado 4.c).2 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
No ha sido sancionada por resolución administrativa firme por infracción grave y/o muy grave en materia de formación
profesional para el empleo conforme a lo establecido en el apartado 4.c).3 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
No está calificada como: entidad sin ánimo de lucro, sociedad civil, comunidad de bienes, administración pública, sociedad
pública, empresa pública ni entidad vinculada o dependiente de cualquiera de ellas.
La entidad o empresa que asume el compromiso de contratación ha desarrollado actividad económica durante, al menos, el
ejercicio económico anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
La entidad o empresa que asumen el compromiso de contratación no ha obtenido un rendimiento negativo en su actividad
económica durante el ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, en la forma que esta determina.
Dispone de centros de formación por sí misma o bien ha subcontratado con una entidad de formación, en ambos casos,
debidamente inscritos o en proceso de inscripción en el Registro de Centros y Entidades Colaboradoras en materia de
Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía,
para la impartición del programa formativo objeto de la subvención, de acuerdo con los apartados 4.a) .2º.3 y 4.b) del cuadro
resumen de las bases reguladoras.
Adquiere el compromiso de formación y contratación del alumnado participante en las condiciones establecidas en las bases
reguladoras, en la convocatoria y en la resolución de concesión.
00305865
La empresa que asume el compromiso de contratación dispone de, al menos, un centro de trabajo en territorio andaluz con
puestos de trabajo a cubrir mediante el compromiso de contratación del programa formativo solicitado o bien prevé la
apertura de nuevos centros de trabajo en Andalucía para dicho fin.
La empresa que asumen el compromiso de contratación se compromete a no reducir el número medio de personas
trabajadoras en su plantilla desde el momento de la publicación de la convocatoria hasta la propuesta de resolución de
concesión.
Se compromete a garantizar que la participación de mujeres y hombres, tanto en el programa formativo como en el
compromiso de contratación, sea paritaria, de acuerdo con el apartado 1.4 y 4.a).2º.6 del cuadro resumen de las bases
reguladoras.
Se compromete a tener en cuenta, en la selección del alumnado participante, la mayor adecuación e idoneidad de estas
candidaturas a los puestos ofertados y a los requisitos establecidos. El alumnado no habrá podido tener relación laboral con
la empresa en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, con la excepción establecida en el apartado
22.b).3º.7 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja