3. Otras disposiciones. . (2024/150-31)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, por la que se acuerda la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto que se cita, sito en el término municipal de Lucainena de las Torres (Almería). (PP. 8908/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 46997/2
eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se
delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía y Orden de 20 de junio de 2023, de la Consejería de
Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias órganos directivos de la
Consejería.
Segundo. La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los
artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más
arriba, esta Delegación
RESU ELV E
Primero. Declarar en concreto la utilidad pública del proyecto denominado «Línea
subterránea de evacuación entre subestación Tabernas Solar 1 y subestación Tabernas 1,
de 132 kV», sita en el término municipal de Lucainena de las Torres, cuyas principales
características, así como la relación de bienes y derechos afectados, son las siguientes:
Solicitante: Fluctus Solar, S.L.
Línea de evacuación a 132 kV (LAT 6844). Infraestructura de evacuación compartida con
la evacuación de las siguientes instalaciones de generación solar fotovoltaica: PERE 1653.
• Origen: Posición subestación tabernas solar 1.
• Final: Posición de la subestación Tabernas 1.
• T.m. afectado: Lucainena de las Torres.
• Tipo: Subterránea.
• Tensión nominal: 132 kV (1.ª Cat).
• Núm. de circuitos: 1.
• Longitud: 1,73 km.
• Conductores: RHZ1-RA+2OL (AS) 145kV 1x400Al+H95.
• Tipo instalación: Bajo 3 tubos de 200 + 1 tubo de 110.
• Presupuesto: 2.085.382,47 €.
Almería, 18 de junio de 2024.- El Delegado, P.D. (Orden de 20.6.2023, BOJA núm. 120,
de 26.6.2023), Guillermo Casquet Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00303946
Segundo. La declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación, a los
efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación
de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, siendo
las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación de bienes y
derechos incluida en esta resolución.
Notifíquese esta resolución a los interesados en la forma prevista en los artículos 40
y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, con la advertencia expresa que esta resolución pone
fin a la vía administrativa y que contra la misma podrá interponer recurso contenciosoadministrativo conforme lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes, a contar desde el día de
recepción de esta notificación en virtud de lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
indicada Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024
página 46997/2
eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas;
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se
delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía y Orden de 20 de junio de 2023, de la Consejería de
Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias órganos directivos de la
Consejería.
Segundo. La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los
artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más
arriba, esta Delegación
RESU ELV E
Primero. Declarar en concreto la utilidad pública del proyecto denominado «Línea
subterránea de evacuación entre subestación Tabernas Solar 1 y subestación Tabernas 1,
de 132 kV», sita en el término municipal de Lucainena de las Torres, cuyas principales
características, así como la relación de bienes y derechos afectados, son las siguientes:
Solicitante: Fluctus Solar, S.L.
Línea de evacuación a 132 kV (LAT 6844). Infraestructura de evacuación compartida con
la evacuación de las siguientes instalaciones de generación solar fotovoltaica: PERE 1653.
• Origen: Posición subestación tabernas solar 1.
• Final: Posición de la subestación Tabernas 1.
• T.m. afectado: Lucainena de las Torres.
• Tipo: Subterránea.
• Tensión nominal: 132 kV (1.ª Cat).
• Núm. de circuitos: 1.
• Longitud: 1,73 km.
• Conductores: RHZ1-RA+2OL (AS) 145kV 1x400Al+H95.
• Tipo instalación: Bajo 3 tubos de 200 + 1 tubo de 110.
• Presupuesto: 2.085.382,47 €.
Almería, 18 de junio de 2024.- El Delegado, P.D. (Orden de 20.6.2023, BOJA núm. 120,
de 26.6.2023), Guillermo Casquet Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Segundo. La declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación, a los
efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación
de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, siendo
las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación de bienes y
derechos incluida en esta resolución.
Notifíquese esta resolución a los interesados en la forma prevista en los artículos 40
y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, con la advertencia expresa que esta resolución pone
fin a la vía administrativa y que contra la misma podrá interponer recurso contenciosoadministrativo conforme lo establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa o, potestativamente, recurso de
reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes, a contar desde el día de
recepción de esta notificación en virtud de lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
indicada Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.