Disposiciones generales. . (2024/150-6)
Orden de 30 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024

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ANEXO I

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS CONFORME A LOS
CRITERIOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 12 DEL CUADRO RESUMEN (continuación)
CRITERIO 5.2.2. Adecuación del presupuesto del proyecto de inversión a realizar (0-10 puntos).
Se evaluará la descripción, concreción e idoneidad de los recursos materiales necesarios para el desarrollo del proyecto de
inversión, así como la razonabilidad del coste de los gastos incluidos en el presupuesto.

CRITERIO 5.2.4. Innovación (0-5 puntos).
Se valorarán como innovadores los proyectos de inversión que se orienten a implantar un nuevo, o significativamente mejorado
servicio o programa de atención en el centro en el que se desarrolle la inversión.

6. DECLARACIÓN, SOLICITUD, LUGAR, FECHA Y FIRMA
La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud
y SOLICITA la concesión de la subvención por importe de:
En

, a la fecha de la firma electrónica.
LA PERSONA SOLICITANTE / REPRESENTANTE

Fdo.:

ILMO./A. SR./A. DIRECTOR/A GENERAL DE PRESTACIONES, AYUDAS Y SUBVENCIONES.
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas:

A 0 1 0 4 7 7 5 2

00305996

008159

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

CRITERIO 5.2.3. Cofinanciación con fondos propios. (0–3 puntos).
Se valorará la cofinanciación con fondos propios con un mínimo del 7% del coste total del proyecto de inversión.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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