Disposiciones generales. . (2024/150-6)
Orden de 30 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024

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ANEXO I

4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SOLICITA
SUBVENCIÓN (Continuación)
4.11. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA
4.11.1. A) GASTOS DE PERSONAL
Nº TOTAL DE Nº TOTAL DE TRABAJADORES/AS TIPO EMPLEO
(CONSOLIDADO/
TRABAJAOTROS
NUEVA CREACIÓN)
DORES/AS HOMBRES MUJER

Nº HORAS
TITULACIÓN/ SEMANALES Nº DE MESES
CATEGORIA IMPUTADAS IMPUTADOS

PRESUPUESTO
MENSUAL
(1 TRABAJADOR)

TOTAL

SUBTOTAL PERSONAL
4.11.1. B) GASTOS DE PERSONAL: (arrendamiento de servicios):

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

CONCEPTO

TITULACIÓN/CATEGORIA

Nº HORAS PRECIO UNITARIO/
IMPUTADAS
HORA

TOTAL

SUBTOTAL PERSONAL (arrendamiento de servicios)
TOTAL PERSONAL
4.11.2. GASTOS CORRIENTES:
CONCEPTO

IMPORTE

A. DIETAS, GASTOS DE VIAJE Y DESPLAZAMIENTO: (máx. 10% del importe solicitado a la Consejería)
B. GASTOS REFERIDOS A LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
B1. GASTOS GENERALES:
• Gastos necesarios para el cumplimiento de la legislación laboral vigente. Planes de prevención de riesgos
laborales y otros.
• Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles.
• Telefonía e Internet (hasta un máximo del 10% del importe solicitado a la Consejería):
• Suministros.
• Correos y mensajería.
• Material fungible.
• Material de reprografía.
• Gestoría.
• Limpieza y seguridad.
• Impuestos y tasas municipales que afecten a los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el
desarrollo de las actividades.
• Conservación y reparación de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo del programa.
• Pólizas del seguro de las personas voluntarias que participen directamente en el programa solicitado
(máx. 4 euros anuales por persona voluntaria).
• Pólizas del seguro de carácter general de los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo
de las actividades, así como los correspondientes a responsabilidad civil y accidentes.
SUBTOTAL B.1.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305996

008158

• Gastos bancarios derivados de transferencias directamente relacionadas con la ejecución del programa.