Disposiciones generales. . (2024/150-5)
Orden de 25 de julio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al Fomento de los Campeonatos de Andalucía Universitarios (FCAU).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024

página 48952/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE

El artículo 43.3 de la Constitución Española establece un mandato dirigido a todos
los poderes públicos, de fomento de la educación física y el deporte como principio
rector de la política social y económica, y de conformidad con este marco de distribución
competencial diseñado en la Carta Magna, la Comunidad Autónoma de Andalucía asume
competencias exclusivas en materia de deporte, de conformidad con el artículo 72.1 del
Estatuto de Autonomía para Andalucía, que dispone que corresponde a la Comunidad
Autónoma la competencia exclusiva en materia de deporte y de actividades de tiempo
libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de estas actividades, así
como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas.
La actual Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, establece una nueva
y novedosa regulación con respecto al resto de las legislaciones deportivas del territorio
nacional, concretamente una clasificación de las competiciones deportivas, reconociendo
además de la existencia de competiciones oficiales de ámbito federativo, otras fuera de
dicho mundo federativo pero igualmente oficiales –competiciones oficiales universitarias
y de interés general para la Comunidad Autónoma–.
Por su parte, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
establece en su artículo 22 que corresponde a las universidades la ordenación y
organización de actividades y competiciones deportivas en su ámbito respectivo.
Por otro lado, el art. 45.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone la
capacidad subvencionadora inherente a las competencias asumidas, estableciendo que
en las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de
la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos
propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento
y gestionando su tramitación y concesión. En adición, el artículo 78, la Ley 5/2016, de 19
de julio, establece que la Administración de la Junta de Andalucía fomentará el deporte
mediante un régimen de ayudas públicas dentro de las disponibilidades presupuestarias,
de conformidad con la normativa comunitaria, estatal y autonómica que le sea de
aplicación. Asimismo, el artículo 33.1 de la citada ley indica que la Administración
deportiva de la Comunidad Autónoma colaborará con las universidades radicadas en
Andalucía en las actividades de fomento y promoción del deporte.
Por lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta los artículos mencionados
de la Ley 5/2016, de 19 de julio, y al objeto de fomentar acciones organizativas y de
participación deportiva en el ámbito universitario, en concreto los Campeonatos de
Andalucía Universitarios, la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte considera que este
tipo de actividades deben ser susceptibles de ayudas públicas, con un régimen que se
ajustará a los criterios de concurrencia, publicidad y objetividad en su concesión.
El Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, dispone en su artículo 1 que corresponde
a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la propuesta, desarrollo, ejecución,
coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación
con las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de turismo, cultura y deporte.
Asimismo, en su artículo 13, establece que a la persona titular de la Dirección General
de Sistemas y Valores del Deporte le corresponden, además de las previstas con carácter
general en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, las siguientes competencias:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305902

Orden de 25 de julio de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva,
dirigidas al Fomento de los Campeonatos de Andalucía Universitarios (FCAU).