3. Otras disposiciones. . (2024/150-33)
Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se revisa la cuantía del precio público del servicio complementario de comedor escolar en los centros docentes públicos de Andalucía, establecido en el apartado A) del Anexo I del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de marzo de 2018, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 2 de agosto de 2024

página 49032/2

regulan los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades
extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos
de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar, recogida en el
apartado A) del Anexo I del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 27 de marzo de 2018,
por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios
de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes
públicos y por el servicio de residencia en las residencias escolares de Andalucía, que
queda redactado de la siguiente forma:
«A) Precio de los servicios complementarios (impuestos incluidos).
1. Servicio de aula matinal.
- Precio mensual: 17,51 euros.
- Precio por día: 1,33 euros.
2. Servicio de comedor escolar.
- Precio por día: 5,54 euros.
3. Servicio de actividades extraescolares.
- Precio mensual: 17,51 euros por cada actividad.»
Segundo. Queda sin efectos el Acuerdo de 27 de julio de 2023, del Consejo de
Gobierno, por el que se revisan las cuantías de los precios públicos de los servicios
de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes
públicos de Andalucía, establecidos en el apartado A) del Anexo I del Acuerdo del Consejo
de Gobierno, de 27 de marzo de 2018, por el que se fija la cuantía de los precios públicos
por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades
extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las
residencias escolares de Andalucía.
Tercero. El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, siendo aplicables los precios previstos en él
a partir del curso escolar 2024/25.
Sevilla, 30 de julio de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA

00305982

Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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