Autoridades y personal. . (2024/149-22)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de un puesto de Jefe/a de Unidad de Prevención de Riesgos Laborales como Encargo Complementario de Funciones en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024
página 48931/7
Finalizada la exposición de las personas candidatas, la Comisión de Selección
recabará informe motivado a los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría
y en su caso especialidad que hubieran asistido a la defensa pública del proyecto de
gestión. Dichas valoraciones serán conservadas en sobre cerrado y custodiadas por
el secretario hasta que por parte de la comisión se haya procedido a la evaluación del
proyecto de gestión.
Una vez realizada la valoración del proyecto de gestión por la Comisión de Selección,
esta incorporará la valoración otorgada a este por los profesionales adscritos a la Unidad,
que se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) La Comisión de Selección solo podrá integrar en la valoración las puntuaciones
otorgadas por los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría y, en su
caso, especialidad que hayan sido suficientemente motivadas.
b) La media de dichas puntuaciones se incorporará a la evaluación final que haga la
Comisión de Selección, representando el 20% de la misma.
b.1. En el supuesto que la participación de los profesionales adscritos a la Unidad
sea inferior a 5 profesionales o al 20% de los miembros de la misma categoría
y, en su caso, especialidad, la Comisión de Selección no podrá incorporar dicha
valoración al resultado final de la misma.
b.2.
Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual
o superior al 20% de los miembros de la misma categoría y, en su caso,
especialidad, pero el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación de la
misma en la evaluación final que haga la Comisión de Selección, representará el
10% de la misma.
7. Nombramiento.
7.1. La Comisión de Selección elevará a la persona titular de la Gerencia la propuesta
de resolución provisional del concurso, con indicación de la puntuación obtenida por cada
una de las personas concursantes.
7.2. La Gerencia del Distrito dictará resolución provisional, que será publicada en la
página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y en los tablones
de anuncios de dicho centro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305881
6. Comisión de Selección:
6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 132/2021, de 6
de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos
intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la
Comisión de Selección será la siguiente:
6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por la persona titular de la Gerencia del
Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada.
6.1.2. Vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia.
6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la
gestión de los recursos humanos del centro sanitario, que actuará con voz pero sin voto.
6.2. Igualmente, la persona que ejerza la Presidencia designará a su suplente, a las
personas suplentes para las Vocalías y para la Secretaría. La Junta de Personal deberá
también proponer a la persona a designar como suplente. Las personas que se designen
como suplentes deberán reunir los mismos requisitos que las personas titulares a las que
sustituyan.
6.3 Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección, así como
sus suplentes, deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel
académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.
6.4. La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia
equilibrada de hombres y mujeres, de forma que ninguno de los sexos esté representado
en más del 60% ni menos del 40% de los miembros designados.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024
página 48931/7
Finalizada la exposición de las personas candidatas, la Comisión de Selección
recabará informe motivado a los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría
y en su caso especialidad que hubieran asistido a la defensa pública del proyecto de
gestión. Dichas valoraciones serán conservadas en sobre cerrado y custodiadas por
el secretario hasta que por parte de la comisión se haya procedido a la evaluación del
proyecto de gestión.
Una vez realizada la valoración del proyecto de gestión por la Comisión de Selección,
esta incorporará la valoración otorgada a este por los profesionales adscritos a la Unidad,
que se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) La Comisión de Selección solo podrá integrar en la valoración las puntuaciones
otorgadas por los profesionales adscritos a la Unidad de la misma categoría y, en su
caso, especialidad que hayan sido suficientemente motivadas.
b) La media de dichas puntuaciones se incorporará a la evaluación final que haga la
Comisión de Selección, representando el 20% de la misma.
b.1. En el supuesto que la participación de los profesionales adscritos a la Unidad
sea inferior a 5 profesionales o al 20% de los miembros de la misma categoría
y, en su caso, especialidad, la Comisión de Selección no podrá incorporar dicha
valoración al resultado final de la misma.
b.2.
Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual
o superior al 20% de los miembros de la misma categoría y, en su caso,
especialidad, pero el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación de la
misma en la evaluación final que haga la Comisión de Selección, representará el
10% de la misma.
7. Nombramiento.
7.1. La Comisión de Selección elevará a la persona titular de la Gerencia la propuesta
de resolución provisional del concurso, con indicación de la puntuación obtenida por cada
una de las personas concursantes.
7.2. La Gerencia del Distrito dictará resolución provisional, que será publicada en la
página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y en los tablones
de anuncios de dicho centro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305881
6. Comisión de Selección:
6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 132/2021, de 6
de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos
intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la
Comisión de Selección será la siguiente:
6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por la persona titular de la Gerencia del
Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada.
6.1.2. Vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia.
6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la
gestión de los recursos humanos del centro sanitario, que actuará con voz pero sin voto.
6.2. Igualmente, la persona que ejerza la Presidencia designará a su suplente, a las
personas suplentes para las Vocalías y para la Secretaría. La Junta de Personal deberá
también proponer a la persona a designar como suplente. Las personas que se designen
como suplentes deberán reunir los mismos requisitos que las personas titulares a las que
sustituyan.
6.3 Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección, así como
sus suplentes, deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel
académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.
6.4. La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia
equilibrada de hombres y mujeres, de forma que ninguno de los sexos esté representado
en más del 60% ni menos del 40% de los miembros designados.