Autoridades y personal. . (2024/149-22)
Resolución de 29 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de un puesto de Jefe/a de Unidad de Prevención de Riesgos Laborales como Encargo Complementario de Funciones en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada.
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Número 149 - Jueves, 1 de agosto de 2024

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3.2.2. Titulación requerida para el acceso.
Las titulaciones académicas se acreditarán con el título expedido por el Ministerio
competente en materia de educación o de la correspondiente Universidad. Se
admitirá la justificación acreditativa de haberlo solicitado, acreditando el abono de los
correspondientes derechos para su obtención. En el supuesto de titulaciones obtenidas
fuera de España, deberá aportarse la credencial de reconocimiento, homologación
o validación según proceda, de la titulación expedida por el Ministerio competente en
materia de Educación español.
Además, las titulaciones recogidas en el apartado 2.2.1, en concreto: La formación
para el desempeño de las funciones de Técnico Superior en Prevención de Riesgos
Laborales en cualquiera de las especialidades de Seguridad en el trabajo, Higiene
Industrial o Ergonomía y Psicosociología Aplicada, se acreditará aportando una
certificación académica de la formación, expedida por una universidad, para desempeñar
las funciones de nivel superior conforme al artículo 37.2 del Reglamento de los Servicios
de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/97, de 17 de enero o, en su caso, de
una certificación expedida por una entidad pública o privada, autorizada por la Autoridad
Laboral, que acredite la capacidad para desarrollar actividades formativas en esta
materia, donde se constate que se ha superado el programa formativo establecido
en el Anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real
Decreto 39/97, de 17 de enero, con una duración no inferior a 600 horas.
3.2.3. Estar previamente vinculado al Sistema Nacional de Salud.
Se acreditará mediante el nombramiento, en el que conste la diligencia de toma de
posesión, o diligencia de la última toma de posesión, que acredite su condición de personal
estatutario fijo, personal funcionario de carrera o personal funcionario docente de la
Universidad con plaza vinculada; bien como personal laboral fijo o indefinido, o personal
profesor contratado doctor con vinculación clínica; o bien como personal funcionario o
personal estatutario interino, siempre que su nombramiento temporal de interinidad se
deba a la cobertura de plazas vacantes no cubiertas por personal funcionario de carrera
o personal estatutario fijo.
3.2.4. Declaración responsable de no haber sido separado del servicio, mediante
expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a
la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones
públicas, y de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su
Estado el acceso a la función pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad
española.
3.2.5. Certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales dependiente del
Ministerio de Justicia de no haber sido condenado/a por sentencia firme por algún delito
contra la libertad e indemnidad sexual.
Bastará con que presten su consentimiento expreso para la consulta y verificación de
los datos relativos al mismo contenido, en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
En caso de no autorizarse la consulta, deberá aportarse certificación negativa en vigor
del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
3.2.6. Acreditación del curso específico de prevención de riesgos laborales para
cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios contemplado en el apartado 2.8.
3.2.7. Declaración responsable de poseer la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento
3.3. La acreditación de los méritos valorables alegados se realizará de acuerdo con
el baremo de méritos, contenidos en el Anexo I que regirán la presente convocatoria. La
persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos anexados. Una
vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, al tratarse de un procedimiento
de concurrencia competitiva, no se admitirá a efectos de su valoración en este proceso
ningún mérito que no hubiera sido presentado electrónicamente en la forma y plazo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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