3. Otras disposiciones. . (2024/148-51)
Orden de 24 de julio de 2024, por la que se avocan determinadas competencias en materia de subvenciones en el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo y se delegan en la persona titular de la Dirección General competente en Formación Profesional para el Empleo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 148 - Miércoles, 31 de julio de 2024

página 48771/2

así como en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y en los artículos 101 a 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Avocación de competencias.
Avocar el ejercicio de las competencias que corresponden a las personas titulares de
las Delegaciones Territoriales con competencia en materia de Formación Profesional para
el Empleo, en virtud de la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las
bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de
formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a
personas trabajadoras ocupadas, para las subvenciones que se convoquen durante el
ejercicio 2024 y a partir de la fecha de publicación de la presente orden.
Segundo. Delegación de competencias.
Delegar las competencias avocadas en el dispongo anterior, en la persona titular de
la Dirección General competente en Formación Profesional para el Empleo.
Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación
indicarán expresamente esta circunstancia.
Tercero. Efectos.
La presente orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de julio de 2024
ROCÍO BLANCO EGUREN

00305721

Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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