Disposiciones generales. . (2024/148-3)
Extracto de la Orden de 23 de julio de 2024, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las ayudas previstas en la Orden de 12 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la digitalización de las Pymes Turísticas de Andalucía (Digitur).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 148 - Miércoles, 31 de julio de 2024

página 48839/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Orden de 23 de julio de 2024, de la Consejería de Turismo, Cultura
y Deporte, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las ayudas previstas en
la Orden de 12 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,
dirigidas a la digitalización de las Pymes Turísticas de Andalucía (Digitur).
BDNS (Identificador): 776069.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones: http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index.
Primero. Convocatoria
Se convocan para el ejercicio 2024, las ayudas previstas en la Orden de 12 de
marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la digitalización de
las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 59, de 25 de marzo de 2024), en el marco
del Programa de Andalucía FEDER 2021-2027 (Objetivo Específico 1.2).
Segundo. Personas beneficiarias.
Microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas de trabajo
autónomo turísticas de Andalucía.
Tercero. Objeto.
Constituye el objeto de la presente línea de subvenciones mejorar la digitalización y
la competitividad de las empresas turísticas andaluzas de forma sostenible, fomentar su
crecimiento, innovación y expansión internacional, contribuyendo a la mejora del empleo.
Serán objeto de subvención aquellas actuaciones que vayan dirigidas a la implantación
de soluciones digitales en los ámbitos de la actividad empresarial relacionados con los
procesos de gestión empresarial (motores de búsqueda; automatización de procesos
y flujos de trabajo; etc.) el posicionamiento en internet y la gestión de redes sociales,
el comercio electrónico y la seguridad de las comunicaciones; la implementación de
productos turísticos apoyados en tecnologías habilitadoras digitales (THD), tales como
la utilización de la realidad aumentada o virtual para la interpretación de recursos
culturales y naturales, la ludificación de la experiencia turística, la geolocalización, etc.;
y el acompañamiento a la pyme en el proceso de transformación digital, entendiéndose
por ello, la prestación de servicios dirigidos a la mejora de las competencias digitales y
a la ayuda para la formulación de estrategias que permitan la incorporación a la nueva
economía digital.

Quinto. Ayuda de mínimis.
Las subvenciones contenidas en esta orden dirigidas a la digitalización de las
pymes turísticas de Andalucía, quedan sometidas al régimen de ayudas de minimis en
los términos establecidos en el Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305789

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden
de 12 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la digitalización
de las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 59, de 25 de marzo de 2024).