3. Otras disposiciones. . (2024/511-6)
Decreto 137/2024, de 30 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 11 - Miércoles, 31 de julio de 2024
página 49008/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
El Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, dispone, en su artículo 1,
que corresponde a la misma la regulación y administración de la enseñanza no
universitaria en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Una de las grandes líneas estratégicas de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional es mejorar la atención al alumnado con necesidades educativas
especiales, para lo que resulta necesario la creación de nuevas plazas de personal
técnico de integración social para el apoyo a los profesionales docentes, permitiendo con
su labor la escolarización de alumnos y alumnas que, de otro modo, tendrían un difícil
acceso a los centros educativos en una enseñanza presencial ordinaria con el resto de la
comunidad educativa.
Mediante el Decreto 168/2023, de 4 de julio, por el que se modifica parcialmente la
relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía,
correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se
crearon cien puestos de trabajo de la referida categoría profesional.
Con la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se procede a la creación de
ciento cincuenta puestos de trabajo dotados correspondientes a la categoría profesional
laboral de Personal Técnico de Integración Social en los Equipos de Orientación
Educativa para la prestación del servicio de atención al alumnado con necesidades
educativas especiales.
Por otro lado, se crean puestos de trabajo de personal administrativo adscritos a
personal funcionario en dos Delegaciones Territoriales y en los centros educativos que
contaban actualmente con puestos de trabajo vacantes adscritos a personal laboral, que
son suprimidos.
Por último, se crean puestos de personal médico y fisioterapeuta en un nuevo
centro de educación especial específico, así como otros puestos necesarios de distintas
categorías profesionales laborales adscritos a otros centros educativos y Delegaciones
Territoriales.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto
de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305958
Decreto 137/2024, de 30 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación
de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía,
correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 11 - Miércoles, 31 de julio de 2024
página 49008/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
El Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, dispone, en su artículo 1,
que corresponde a la misma la regulación y administración de la enseñanza no
universitaria en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Una de las grandes líneas estratégicas de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional es mejorar la atención al alumnado con necesidades educativas
especiales, para lo que resulta necesario la creación de nuevas plazas de personal
técnico de integración social para el apoyo a los profesionales docentes, permitiendo con
su labor la escolarización de alumnos y alumnas que, de otro modo, tendrían un difícil
acceso a los centros educativos en una enseñanza presencial ordinaria con el resto de la
comunidad educativa.
Mediante el Decreto 168/2023, de 4 de julio, por el que se modifica parcialmente la
relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía,
correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se
crearon cien puestos de trabajo de la referida categoría profesional.
Con la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, a instancia de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se procede a la creación de
ciento cincuenta puestos de trabajo dotados correspondientes a la categoría profesional
laboral de Personal Técnico de Integración Social en los Equipos de Orientación
Educativa para la prestación del servicio de atención al alumnado con necesidades
educativas especiales.
Por otro lado, se crean puestos de trabajo de personal administrativo adscritos a
personal funcionario en dos Delegaciones Territoriales y en los centros educativos que
contaban actualmente con puestos de trabajo vacantes adscritos a personal laboral, que
son suprimidos.
Por último, se crean puestos de personal médico y fisioterapeuta en un nuevo
centro de educación especial específico, así como otros puestos necesarios de distintas
categorías profesionales laborales adscritos a otros centros educativos y Delegaciones
Territoriales.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de
las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto
de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305958
Decreto 137/2024, de 30 de julio, por el que se modifica parcialmente la relación
de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía,
correspondiente a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional.