Autoridades y personal. . (2024/147-19)
Resolución de 23 de julio de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Permanente Laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 147 - Martes, 30 de julio de 2024
página 48669/7
9. Procedimiento de selección.
9.1. Los concursos de acceso a las plazas de PPL/PCD se articularán mediante el
sistema de concurso-oposición, consistente en la realización de dos pruebas, de acuerdo
con lo previsto en este apartado.
9.1.1. La primera prueba constituirá el 60% de la calificación final y se estructurará en
dos partes, con una duración máxima de 90 minutos.
En la primera parte, que supondrá el 50% de la primera prueba, deberán evaluarse
los siguientes aspectos:
a) El historial académico: 5%.
b) La experiencia docente (15%) y la experiencia investigadora, incluyendo la
transferencia e intercambio del conocimiento (15%).
Para los apartados a) y b) se estará a lo establecido en el Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos
cuerpos. Serán méritos y competencias evaluables:
1.
Actividad investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del
conocimiento:
1.1. Proyectos y contratos de investigación y de transferencia e intercambio del
conocimiento.
1.2.
Resultados y difusión de la actividad investigadora y de transferencia e
intercambio del conocimiento.
1.3. Estancias en universidades y centros de investigación.
2. Actividad docente.
2.1. Experiencia docente.
2.2. Calidad de la actividad docente.
2.3. Proyectos y actividades de innovación docente.
2.4. Tutorización docente.
3. Méritos y competencias de liderazgo.
3.1. Dirección de equipos de investigación.
3.2. Dirección de tesis doctorales.
3.3. Liderazgo en el ámbito de la dirección y gestión universitaria.
3.4. R
econocimientos y responsabilidad en organizaciones científicas y comités
científicos y técnicos.
4. Méritos y competencias relacionadas con la actividad profesional.
4.1. Experiencia profesional.
c) El acto de presentación pública y la prueba, que deberá permitir la comprobación
de las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en la
correspondiente especialidad: 15%.
La segunda parte de la prueba supondrá un 50% de la calificación global, siendo
necesario alcanzar al menos el 25% para superarla, y se evaluarán las siguientes
cuestiones:
a) El proyecto docente e investigador, debiendo valorarse la calidad y adecuación del
mismo al perfil de la plaza: 30%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305619
adjudicación, si proceden, en los términos previstos en la convocatoria. También dejará
constancia de las personas titulares y las personas suplentes que la componen.
8.4.6. Corresponde al secretario/a de la comisión levantar acta de las reuniones
de esta, custodiar la documentación relativa al concurso, y demás actuaciones
administrativas necesarias para el buen funcionamiento de la comisión. Para ello contará
con el apoyo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de los
Centros y/o Departamentos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 147 - Martes, 30 de julio de 2024
página 48669/7
9. Procedimiento de selección.
9.1. Los concursos de acceso a las plazas de PPL/PCD se articularán mediante el
sistema de concurso-oposición, consistente en la realización de dos pruebas, de acuerdo
con lo previsto en este apartado.
9.1.1. La primera prueba constituirá el 60% de la calificación final y se estructurará en
dos partes, con una duración máxima de 90 minutos.
En la primera parte, que supondrá el 50% de la primera prueba, deberán evaluarse
los siguientes aspectos:
a) El historial académico: 5%.
b) La experiencia docente (15%) y la experiencia investigadora, incluyendo la
transferencia e intercambio del conocimiento (15%).
Para los apartados a) y b) se estará a lo establecido en el Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos
cuerpos. Serán méritos y competencias evaluables:
1.
Actividad investigadora, incluyendo la de transferencia e intercambio del
conocimiento:
1.1. Proyectos y contratos de investigación y de transferencia e intercambio del
conocimiento.
1.2.
Resultados y difusión de la actividad investigadora y de transferencia e
intercambio del conocimiento.
1.3. Estancias en universidades y centros de investigación.
2. Actividad docente.
2.1. Experiencia docente.
2.2. Calidad de la actividad docente.
2.3. Proyectos y actividades de innovación docente.
2.4. Tutorización docente.
3. Méritos y competencias de liderazgo.
3.1. Dirección de equipos de investigación.
3.2. Dirección de tesis doctorales.
3.3. Liderazgo en el ámbito de la dirección y gestión universitaria.
3.4. R
econocimientos y responsabilidad en organizaciones científicas y comités
científicos y técnicos.
4. Méritos y competencias relacionadas con la actividad profesional.
4.1. Experiencia profesional.
c) El acto de presentación pública y la prueba, que deberá permitir la comprobación
de las capacidades de las personas candidatas para la exposición y el debate en la
correspondiente especialidad: 15%.
La segunda parte de la prueba supondrá un 50% de la calificación global, siendo
necesario alcanzar al menos el 25% para superarla, y se evaluarán las siguientes
cuestiones:
a) El proyecto docente e investigador, debiendo valorarse la calidad y adecuación del
mismo al perfil de la plaza: 30%.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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adjudicación, si proceden, en los términos previstos en la convocatoria. También dejará
constancia de las personas titulares y las personas suplentes que la componen.
8.4.6. Corresponde al secretario/a de la comisión levantar acta de las reuniones
de esta, custodiar la documentación relativa al concurso, y demás actuaciones
administrativas necesarias para el buen funcionamiento de la comisión. Para ello contará
con el apoyo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de los
Centros y/o Departamentos.