Autoridades y personal. . (2024/147-17)
Orden de 23 de julio de 2024, por la que se modifica la Orden de 29 de septiembre de 2023, por la que se regula el procedimiento de selección de las vocalías del Foro Andaluz y de los Foros Provinciales, para la integración de las personas de origen migrante, en representación de las entidades de migrantes y de las entidades pro migrantes.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 147 - Martes, 30 de julio de 2024
página 48672/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
El Decreto 219/2020, de 21 de diciembre, por el que se regulan el Foro Andaluz y
los Foros Provinciales, para la integración de las personas de origen migrante, fue
aprobado para responder a la evolución del hecho migratorio en Andalucía como una
realidad estructural, adecuando la organización de sus órganos internos de una manera
más innovadora y unos procedimientos de trabajo más pragmáticos y flexibles. Entre
otros aspectos, este Decreto establece en sus artículos 11.3.a) y 14, en referencia al
Foro Andaluz, y los artículos 24.3.a) y 25, en referencia a los Foros Provinciales, un
mecanismo de representación de las entidades de migrantes y pro migrantes que deben
ser seleccionadas con criterios objetivos, mediante convocatoria pública entre entidades
privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.
Para dar cumplimiento a este mandato del citado Decreto 219/2020, se dictó la Orden
de 29 de septiembre de 2023, por la que se regula el procedimiento de selección de las
vocalías del Foro Andaluz y de los Foros Provinciales para la integración de las personas
de origen migrante, en representación de las entidades de migrantes y de las entidades
pro migrantes, que establece el procedimiento y desarrolla los criterios de valoración
de las solicitudes presentadas por éstas, interesadas en participar en el proceso de
selección de las vocalías.
Su puesta en marcha ha evidenciado que no permite una adecuación formal a la
estructura territorial de las Delegaciones Territoriales con la adscripción de la competencia
de Políticas Migratorias a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad;
además ha provocado una laguna en la tipología de entidades destinatarias que pueden
concurrir al proceso de selección, lo que ha sido puesto de manifiesto por entidades
sociales. Por todo ello el presente proyecto normativo pretende modificar la referida Orden
de 29 de septiembre de 2023, con el objeto de hacer una definición de las entidades
destinatarias, realizadas en su artículo 2, eliminando restricciones y estableciendo una
mejor definición de las entidades de migrantes y de las entidades pro migrantes, con
base en términos jurídicos no indeterminados.
En la elaboración de esta orden se han observado los principios de buena regulación
previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 7 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, que exigen que
éstas actúen de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. De una parte, los principios de necesidad
y eficacia se cumplen en tanto que la orden persigue un interés general al permitir
el desarrollo de las acciones encomendadas a la Dirección General de Políticas
Migratorias, siendo esta norma el instrumento más adecuado para ello. De otra parte,
la orden da cumplimiento estricto a los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica
y transparencia, toda vez que no existe ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva
de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y su justificación queda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305622
Orden de 23 de julio de 2024, por la que se modifica la Orden de 29 de
septiembre de 2023, por la que se regula el procedimiento de selección de las
vocalías del Foro Andaluz y de los Foros Provinciales, para la integración de las
personas de origen migrante, en representación de las entidades de migrantes
y de las entidades pro migrantes.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 147 - Martes, 30 de julio de 2024
página 48672/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
El Decreto 219/2020, de 21 de diciembre, por el que se regulan el Foro Andaluz y
los Foros Provinciales, para la integración de las personas de origen migrante, fue
aprobado para responder a la evolución del hecho migratorio en Andalucía como una
realidad estructural, adecuando la organización de sus órganos internos de una manera
más innovadora y unos procedimientos de trabajo más pragmáticos y flexibles. Entre
otros aspectos, este Decreto establece en sus artículos 11.3.a) y 14, en referencia al
Foro Andaluz, y los artículos 24.3.a) y 25, en referencia a los Foros Provinciales, un
mecanismo de representación de las entidades de migrantes y pro migrantes que deben
ser seleccionadas con criterios objetivos, mediante convocatoria pública entre entidades
privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas.
Para dar cumplimiento a este mandato del citado Decreto 219/2020, se dictó la Orden
de 29 de septiembre de 2023, por la que se regula el procedimiento de selección de las
vocalías del Foro Andaluz y de los Foros Provinciales para la integración de las personas
de origen migrante, en representación de las entidades de migrantes y de las entidades
pro migrantes, que establece el procedimiento y desarrolla los criterios de valoración
de las solicitudes presentadas por éstas, interesadas en participar en el proceso de
selección de las vocalías.
Su puesta en marcha ha evidenciado que no permite una adecuación formal a la
estructura territorial de las Delegaciones Territoriales con la adscripción de la competencia
de Políticas Migratorias a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad;
además ha provocado una laguna en la tipología de entidades destinatarias que pueden
concurrir al proceso de selección, lo que ha sido puesto de manifiesto por entidades
sociales. Por todo ello el presente proyecto normativo pretende modificar la referida Orden
de 29 de septiembre de 2023, con el objeto de hacer una definición de las entidades
destinatarias, realizadas en su artículo 2, eliminando restricciones y estableciendo una
mejor definición de las entidades de migrantes y de las entidades pro migrantes, con
base en términos jurídicos no indeterminados.
En la elaboración de esta orden se han observado los principios de buena regulación
previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 7 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, que exigen que
éstas actúen de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. De una parte, los principios de necesidad
y eficacia se cumplen en tanto que la orden persigue un interés general al permitir
el desarrollo de las acciones encomendadas a la Dirección General de Políticas
Migratorias, siendo esta norma el instrumento más adecuado para ello. De otra parte,
la orden da cumplimiento estricto a los principios de proporcionalidad, seguridad jurídica
y transparencia, toda vez que no existe ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva
de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y su justificación queda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305622
Orden de 23 de julio de 2024, por la que se modifica la Orden de 29 de
septiembre de 2023, por la que se regula el procedimiento de selección de las
vocalías del Foro Andaluz y de los Foros Provinciales, para la integración de las
personas de origen migrante, en representación de las entidades de migrantes
y de las entidades pro migrantes.