3. Otras disposiciones. . (2024/146-28)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se aprueba la revisión de la Política de Seguridad de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
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Número 146 - Lunes, 29 de julio de 2024

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Para ello se asegurarán:
• Del cumplimiento de la normativa de archivo y documentación sobre conservación
de documentos.
• De que solo sean accesibles al personal y para los asuntos que corresponda.
• Que la seguridad en el acceso sea proporcional a la criticidad (nivel de protección)
de la información que contienen.
6.9. Responsable de seguridad interior.
En caso de que se considere necesario por la Consejería a la que el IECA se adscribe,
en virtud del volumen o singularidad de los activos de esta agencia, la responsabilidad de
seguridad interior del IECA será ejercida por la persona titular de la Secretaría General.
Asimismo corresponderá a la citada Consejería determinar las condiciones y requisitos
mínimos que deben contener el Plan de Seguridad Interior, pudiendo corresponderle en
este caso si así se determina las siguientes funciones:
• Garantizar la seguridad del entorno y sistemas auxiliares de los activos TIC y de la
información, tales como vigilancia y control de accesos al edificio, suministro eléctrico,
sistemas de detección y contra incendios, refrigeración del centro de proceso de datos y
salas técnicas, protección frente a inundaciones y, en general, cualquier amenaza física.
• Adoptar las medidas de seguridad que le competan dentro de las dispuestas por el
CS Interior y Seguridad TIC, informando de su implantación, eficacia e incidentes.
• Las labores de soporte, asesoramiento e información al CS, así como la ejecución
de sus decisiones y acuerdos en materia de seguridad interior. Propuesta de un Plan de
Seguridad Interior para el IECA.
• Proponer las adaptaciones necesarias, a su ámbito, del modelo general de
seguridad interior, incluso valores, tablas y métricas adecuadas al conjunto de los activos
en su ámbito.
• El desarrollo, el mantenimiento y la supervisión del marco regulador de la seguridad
interior en el IECA.
• La generación y supervisión de criterios y directrices para la gestión de la seguridad
interior en el ámbito del IECA.
• La recogida sistemática de información y la supervisión del estado de las principales
variables de seguridad interior en el ámbito del IECA.
• El asesoramiento técnico y la auditoría del sistema de seguridad interior en el ámbito
del IECA.
• Velar por la coherencia de la aplicación del modelo de seguridad interior en el ámbito
del Instituto, mantenerlo actualizado e impulsar su implantación.
• Gestionar para el ámbito del IECA, la relación con la Unidad de Seguridad Interior
de la Consejería.
• Definir los criterios de protección de activos especialmente sensibles a riesgos que
conciernen a la seguridad interior conforme a las especificidades del ámbito del IECA.
• Desarrollar para el ámbito del IECA, planes de contingencia en respuesta a
incidentes de seguridad interior, incluso situaciones de crisis.
• Asegurar en el ámbito del IECA, el funcionamiento de los mecanismos previstos
para recopilar, recibir, analizar y procesar la información relevante para la seguridad
interior, destinados a generar inteligencia al respecto.
• Promover y coordinar la cooperación con las autoridades del sector correspondiente
al ámbito material del IECA en materia de inteligencia para la seguridad.
• Informar sobre incidentes de seguridad interior en el IECA que se consideren
relevantes.
• Asegurar en su nivel el correcto funcionamiento en la cadena de comunicación y
escalado de incidentes de seguridad interior.
• Proponer a la aprobación del CS Interior y Seguridad TIC el Plan de Seguridad
Interior del IECA.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía