3. Otras disposiciones. . (2024/146-28)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se aprueba la revisión de la Política de Seguridad de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
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Número 146 - Lunes, 29 de julio de 2024

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Las personas titulares de las Áreas de Gestión y de la Secretaría General podrán
delegar funciones y operativas que consideren oportunas en las personas que ostentan
las jefaturas de servicio, debiendo estar esta delegación de funciones debidamente
acreditada en un documento firmados tanto por la persona titular del Área de Gestión
o de la Secretaria General como por la persona que ostente la jefatura de servicio
correspondiente.
6.4. Responsable del servicio.
La persona titular de cada jefatura de servicio es responsable, a nivel ejecutivo, de:
• Redacción de pliegos técnicos para servicios.
• Promover la formación y concienciación en materia de Seguridad TIC a todo el
personal. Ejecutada por el Servicio de Estudios.
• Determinar los requisitos de seguridad de los servicios.
• Ejecutar, en coordinación con el DPD, el adecuado mantenimiento del RAT.
• Adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad
de los datos personales y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado,
habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los
riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o
natural.
• Valorar las consecuencias de un incidente de seguridad en los servicios.
6.5 Responsable de seguridad TIC.
A nivel de supervisión será la persona titular del Área de Infraestructuras de
Información, tanto de la seguridad de la información como del cumplimiento de lo
establecido en el artículo 11 del ENS, ejerciendo las siguientes funciones:
• Desarrollo de las competencias de seguridad de la entidad.
• Implantación del ENS.
• Política de seguridad y medidas propuestas por el CS.
• Responsable de que se faciliten los recursos necesarios para una adecuada ejecución
de la PS TIC y no TIC.
• Responsable de los procedimientos de seguridad TIC que se definan para dar
cumplimiento y desarrollo a la PS.
• Formalizar y aprobar la Declaración de Aplicabilidad de las medidas del Anexo II del
ENS.
• Responsable de que se realicen los planes de acción e iniciativas que garanticen la
implantación de la PS en el IECA.
• Normativas de seguridad TIC que se definan para dar cumplimiento y desarrollo a
la PS.
• Verificar que todas las acciones llevadas a cabo en materia de seguridad TIC se
encuentren enmarcadas en la PS.
• Promover la realización de auditorías periódicas que permitan verificar el
cumplimiento de las obligaciones del IECA en materia de Seguridad TIC.
• Responsable de que se promueva la formación y concienciación en materia de
Seguridad TIC a todo el personal.
• Mantener contactos periódicos con grupos, otras entidades, organismos, foros,
etc. que resulten de interés en el ámbito de la Seguridad, compartiendo experiencias y
conocimiento que ayuden a mejorar y mantener la seguridad interior y seguridad TIC en
el IECA.
• Responsable de que se valoren y evalúen los recursos necesarios para dar soporte
al proceso de planificación e implantación de la seguridad interior y la seguridad TIC en
el IECA.
• Difundir entre el personal las normas de seguridad que afecten al desarrollo de
sus funciones, así como las consecuencias en que pudieran incurrir en caso de
incumplimiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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