3. Otras disposiciones. . (2024/146-28)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se aprueba la revisión de la Política de Seguridad de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Lunes, 29 de julio de 2024
página 48593/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
La actividad del Instituto de Estadística y artografía de Andalucía (en adelante IECA o
Instituto) se ha venido simultaneando con el desarrollo de una Política de Seguridad y con
un marco organizativo de la misma aprobados por sucesivas resoluciones de la Dirección
de esta Agencia, la última de ellas el 21 de julio del 2022.
El IECA cumple, a fecha de hoy, las disposiciones contempladas en la normativa que
regula la protección derivada del secreto estadístico, establecida en la Ley 4/1989, de 12
de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la normativa
reguladora de la protección de datos de carácter personal, establecida en el Reglamento
General de Protección de Datos (en adelante RGPD) y en la Ley Orgánica de Protección
de Datos y Garantía de los derechos Digitales (en adelante LOPDGDD).
Asimismo cumple con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, regulado en
el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, en el ámbito de la Administración Electrónica,
y la recogida en el Decreto 1/2011, de 11 de enero, por el que se establece la Política
de Seguridad TIC en la Administración de la Junta de Andalucía y su modificación por
el Decreto 70/2017, de 6 de junio, y el Decreto 171/2020, de 13 de octubre, por el que se
establece la Política de Seguridad Interior en la Administración de la Junta de Andalucía.
En la implementación de esta política el IECA siempre ha considerado que la
seguridad de los activos TIC está íntimamente relacionada con otros aspectos de ésta,
que por sí solos también son muy importantes para la organización. Así la protección
de la información y los servicios en procedimientos y soportes no automatizados y una
adecuada seguridad física de su sede son dimensiones de la seguridad que tienen un
tratamiento conjunto, para proporcionar seguridad y protección integral a toda la actividad
de la organización. Por estas razones el ámbito de las actuaciones de los perfiles de
seguridad actuales incluye los datos sometidos a secreto estadístico, los datos de
carácter personal, los activos sometidos al Esquema Nacional de Seguridad, resto de
activos TIC y, en general, toda la información y servicios prestados por el IECA.
Así el presente documento se enmarca en un entorno normativo y de recomendaciones
en materia de seguridad de la información procedente de diversos entes reguladores que,
abarcando distintas facetas de la seguridad, dan lugar a cierta complejidad y, al mismo
tiempo, riqueza de matices que deben ser integrados en una política conjunta. En este sentido
la organización integra, en esta Política de Seguridad, las diferentes funciones y figuras
previstas en la legislación comentada, en aras de una mayor homogeneidad y eficiencia.
También se ha tenido en cuenta, a la hora de asignar funciones y responsabilidades a
los distintos órganos de este Instituto, las limitaciones de su estructura orgánica. Así se le
asignaron al Consejo de Dirección las funciones encomendadas al Comité de Seguridad,
los distintos roles de responsabilidad ejecutiva se concentraron en la Dirección y el resto
en los distintos órganos de gestión que ya venían ejerciendo funciones asimiladas.
Pero la Política de Seguridad debe ser una estrategia viva, permanentemente
revisada y sobre todo, es interés del IECA que cale e implique a toda la organización, y
que su desarrollo se organice en niveles o ámbitos de actuación que abarque desde lo
puramente normativo, hasta lo más procedimental o de apoyo.
La aparición de nueva normativa en materia de seguridad también obliga a la
adecuación de la Política de Seguridad, como se establece en la Orden de 4 de abril
de 2022 de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305542
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística
y Cartografía de Andalucía, por la que se aprueba la revisión de la Política de
Seguridad de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto
de Estadística y Cartografía de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 146 - Lunes, 29 de julio de 2024
página 48593/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
La actividad del Instituto de Estadística y artografía de Andalucía (en adelante IECA o
Instituto) se ha venido simultaneando con el desarrollo de una Política de Seguridad y con
un marco organizativo de la misma aprobados por sucesivas resoluciones de la Dirección
de esta Agencia, la última de ellas el 21 de julio del 2022.
El IECA cumple, a fecha de hoy, las disposiciones contempladas en la normativa que
regula la protección derivada del secreto estadístico, establecida en la Ley 4/1989, de 12
de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la normativa
reguladora de la protección de datos de carácter personal, establecida en el Reglamento
General de Protección de Datos (en adelante RGPD) y en la Ley Orgánica de Protección
de Datos y Garantía de los derechos Digitales (en adelante LOPDGDD).
Asimismo cumple con lo previsto en el Esquema Nacional de Seguridad, regulado en
el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, en el ámbito de la Administración Electrónica,
y la recogida en el Decreto 1/2011, de 11 de enero, por el que se establece la Política
de Seguridad TIC en la Administración de la Junta de Andalucía y su modificación por
el Decreto 70/2017, de 6 de junio, y el Decreto 171/2020, de 13 de octubre, por el que se
establece la Política de Seguridad Interior en la Administración de la Junta de Andalucía.
En la implementación de esta política el IECA siempre ha considerado que la
seguridad de los activos TIC está íntimamente relacionada con otros aspectos de ésta,
que por sí solos también son muy importantes para la organización. Así la protección
de la información y los servicios en procedimientos y soportes no automatizados y una
adecuada seguridad física de su sede son dimensiones de la seguridad que tienen un
tratamiento conjunto, para proporcionar seguridad y protección integral a toda la actividad
de la organización. Por estas razones el ámbito de las actuaciones de los perfiles de
seguridad actuales incluye los datos sometidos a secreto estadístico, los datos de
carácter personal, los activos sometidos al Esquema Nacional de Seguridad, resto de
activos TIC y, en general, toda la información y servicios prestados por el IECA.
Así el presente documento se enmarca en un entorno normativo y de recomendaciones
en materia de seguridad de la información procedente de diversos entes reguladores que,
abarcando distintas facetas de la seguridad, dan lugar a cierta complejidad y, al mismo
tiempo, riqueza de matices que deben ser integrados en una política conjunta. En este sentido
la organización integra, en esta Política de Seguridad, las diferentes funciones y figuras
previstas en la legislación comentada, en aras de una mayor homogeneidad y eficiencia.
También se ha tenido en cuenta, a la hora de asignar funciones y responsabilidades a
los distintos órganos de este Instituto, las limitaciones de su estructura orgánica. Así se le
asignaron al Consejo de Dirección las funciones encomendadas al Comité de Seguridad,
los distintos roles de responsabilidad ejecutiva se concentraron en la Dirección y el resto
en los distintos órganos de gestión que ya venían ejerciendo funciones asimiladas.
Pero la Política de Seguridad debe ser una estrategia viva, permanentemente
revisada y sobre todo, es interés del IECA que cale e implique a toda la organización, y
que su desarrollo se organice en niveles o ámbitos de actuación que abarque desde lo
puramente normativo, hasta lo más procedimental o de apoyo.
La aparición de nueva normativa en materia de seguridad también obliga a la
adecuación de la Política de Seguridad, como se establece en la Orden de 4 de abril
de 2022 de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00305542
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección del Instituto de Estadística
y Cartografía de Andalucía, por la que se aprueba la revisión de la Política de
Seguridad de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Instituto
de Estadística y Cartografía de Andalucía.