Disposiciones generales. . (2024/145-3)
Resolución de 22 de julio de 2024, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan, para el año 2024, las subvenciones reguladas en la Orden de 2 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el fomento del empleo en el ámbito local, Programa Andalucía Activa.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Viernes, 26 de julio de 2024

página 48605/37

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ANEXO I

4. DECLARACIONES
DECLARA bajo su expresa responsabilidad, que la entidad solicitante:
Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria, y aporta con esta solicitud la documentación
acreditativa exigida en las bases reguladoras.
No se halla incursa en ninguna de las circunstancias que prohíben obtener la condición de entidad beneficiaria, de
conformidad con lo establecido en la Orden de 2 de julio de 2024, y demás normativa de general aplicación en la materia.
No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud.
Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta
solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos, o privados nacionales o internacionales.
Solicitadas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto










Minimis
(Sí/No)

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Concedidas
Fecha/Año

Administración / Ente público o privado, nacional o internacional

Importe/Concepto









Minimis
(Sí/No)

Son veraces todos los datos reflejados en la solicitud.
Mantendrá contabilidad separada, con objeto de asentar las transacciones relacionadas con las subvenciones percibidas, o
bien, que contará con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones.
No ha sido sancionada mediante resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso a las
ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46. bis del Real
Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones
en el Orden Social.
Las contrataciones para las que solicita subvención no se destinarán a cubrir plazas de naturaleza estructural, estén o no
dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantilla u otra forma de organización de recursos humanos que estén
dotadas presupuestariamente.
La entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria, y figura de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la
Junta de Andalucía.
Realizará una reserva de cuota del 6 % del total de las contrataciones del proyecto para personas con discapacidad,
conforme a lo establecido en la Orden de 2 de julio de 2024.
Se compromete al cumplimiento de las condiciones impuestas, según los establecido en la Orden de 2 de julio de 2024, y
mantener los requisitos exigidos durante le periodo previsto, así como comunicar cualquier variación de los mismos.

5. DOCUMENTACIÓN
Presento la siguiente documentación:

Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría donde conste el acuerdo de solicitar la
subvención, adoptado por el órgano competente según su norma reguladora.

00305554

008116

Certificación emitida por quien ostente la competencia de fe pública, acreditativa de la condición de alcalde o alcaldesa, o
persona que ostente la presidencia de la entidad local autónoma, o que actúe por delegación como representante legal de
la misma. En este último caso, deberá aportar también la acreditación de la representación que ostenta.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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