3. Otras disposiciones. . (2024/145-38)
Acuerdo de 23 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la impartición de enseñanzas universitarias oficiales del Grado de Enfermería en el Centro Universitario de Ciencias de la Salud San Juan de Dios de Bormujos (Sevilla) a la Universidad Pontificia Comillas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Viernes, 26 de julio de 2024
página 48633/3
Asimismo, la Universidad se compromete a establecer las necesarias relaciones
de cooperación y colaboración con los órganos de inspección universitarios de esta
Comunidad Autónoma, en relación con la actividad desarrollada por el Centro Universitario
de Ciencias de la Salud San Juan de Dios de Bormujos (Sevilla).
Igualmente, la Universidad se compromete a cumplir con los compromisos docentes,
de profesorado y de servicios previstos en el Convenio de desadscripción.
La Universidad deberá comunicar a la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación, los cambios que puedan producirse en los compromisos asumidos con la
presente autorización, así como aquellos que pudieran afectar a los términos y condiciones
de esta. El incumplimiento de esta obligación podría suponer una modificación de las
condiciones esenciales de la autorización concedida a la Universidad lo que podrá ser
causa de su revocación.
Cuarto. Informe a la Conferencia General de Política Universitaria.
Del presente acuerdo se informará a la Conferencia General de Política Universitaria.
Quinto. Seguimiento de la autorización.
A efectos de la salvaguarda de la calidad en la prestación del servicio público de
educación superior, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, en virtud de
su competencia atribuida por el artículo 1.a) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el
que se regula su estructura orgánica, podrá requerir a la Universidad Pontificia Comillas
la información que considere oportuna a los efectos del cumplimiento de lo establecido
en el mismo que, en todo caso, será proporcional a la finalidad reseñada.
Sexto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Recursos.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejo de Gobierno,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicho orden jurisdiccional del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, de conformidad con
lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1.Primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 23 de julio de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00305583
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 145 - Viernes, 26 de julio de 2024
página 48633/3
Asimismo, la Universidad se compromete a establecer las necesarias relaciones
de cooperación y colaboración con los órganos de inspección universitarios de esta
Comunidad Autónoma, en relación con la actividad desarrollada por el Centro Universitario
de Ciencias de la Salud San Juan de Dios de Bormujos (Sevilla).
Igualmente, la Universidad se compromete a cumplir con los compromisos docentes,
de profesorado y de servicios previstos en el Convenio de desadscripción.
La Universidad deberá comunicar a la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación, los cambios que puedan producirse en los compromisos asumidos con la
presente autorización, así como aquellos que pudieran afectar a los términos y condiciones
de esta. El incumplimiento de esta obligación podría suponer una modificación de las
condiciones esenciales de la autorización concedida a la Universidad lo que podrá ser
causa de su revocación.
Cuarto. Informe a la Conferencia General de Política Universitaria.
Del presente acuerdo se informará a la Conferencia General de Política Universitaria.
Quinto. Seguimiento de la autorización.
A efectos de la salvaguarda de la calidad en la prestación del servicio público de
educación superior, la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, en virtud de
su competencia atribuida por el artículo 1.a) del Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el
que se regula su estructura orgánica, podrá requerir a la Universidad Pontificia Comillas
la información que considere oportuna a los efectos del cumplimiento de lo establecido
en el mismo que, en todo caso, será proporcional a la finalidad reseñada.
Sexto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptimo. Recursos.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejo de Gobierno,
de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicho orden jurisdiccional del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, de conformidad con
lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1.Primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 23 de julio de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS
00305583
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja