Autoridades y personal. . (2024/143-12)
Resolución de 18 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Jefe/a de Sección Facultativo de Anatomía Patológica en el Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar Este de Cádiz.
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Número 143 - Miércoles, 24 de julio de 2024

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un organismo de acreditación reconocido como Organismo Nacional de Acreditación,
en aplicación del Reglamento (CE) núm. 765/2008 que regula el funcionamiento de la
acreditación en Europa, hasta un máximo de 10 puntos, se valorarán de acuerdo con los
siguientes criterios:
a) Nivel avanzado o equivalente: 5 puntos.
b) Nivel experto o equivalente: 7,5 puntos.
c) Nivel excelente o equivalente: 10 puntos.
Se acreditarán mediante la presentación de los documentos que figuran a continuación:
a) Si la certificación es emitida por un órgano de la Administración pública competente
de la acreditación de competencias profesionales, certificación emitida por el órgano
competente de la acreditación de competencias profesionales con indicación de las fechas
de inicio y fin de vigencia y las categorías o, en su caso, especialidades a que se refiere.
b) Si la certificación es emitida por una entidad de derecho privado certificada por
un organismo de acreditación reconocido como Organismo Nacional de Acreditación, en
aplicación del Reglamento (CE) núm. 765/2008, certificación emitida por el titular de dicha
entidad, a la que deberá acompañar la certificación emitida por el Organismo Nacional de
Acreditación en la que conste el alcance de la acreditación y que esta comprende las
categorías o, en su caso, especialidades a que se refiere.
1.3. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC o el Servicio en el que ha
desarrollado su trabajo, se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) 1 punto por año si el cumplimiento está entre 70% y 80%, hasta un máximo de 5 puntos.
b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 10
puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.4. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC o del Servicio en el que ha
desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección, se valoraran de acuerdo
con los siguientes criterios:
a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 65% y 70%, hasta un máximo de
2,5 puntos.
b) 1 punto por año si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un máximo de 5 puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años y para
tiempos inferiores a un año, de forma proporcional.
1.5. Dirección Asistencial, Subdirecciones Asistenciales y Direcciones de Planes
Integrales y/o Estratégicos, con nombramiento al efecto, habiendo alcanzado los objetivos
planteados, todo ello acreditado por la Dirección Gerencia del centro correspondiente o del
responsable superior en la Consejería de Salud o el Servicio Andaluz de Salud, se valorarán,
hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con los siguientes criterios: 2 puntos por año.
Los periodos de servicios prestados definidos en este apartado que se solapen con
los definidos en el apartado 1.1 son excluyentes entre sí, puntuando los de mayor valor.
1.6. Por formar parte de las distintas Comisiones Clínicas, de Docencia, de Formación
Continuada y Comisiones Técnicas o Asesoras constituidas en los centros sanitarios
públicos o en los servicios centrales u órganos equivalentes de los Servicios de Salud,
Consejerías/Ministerios competentes en materia de sanidad, se valorarán, de acuerdo
con los siguientes criterios: 0,25 puntos por cada año, hasta un máximo de 2,5 puntos.
Se acreditarán mediante la presentación de la certificación firmada por el Director
Asistencial, y en la que conste expresamente el número anual de sesiones de las
Comisiones a las que ha asistido y la actividad que ha desempeñado en la misma.
A estos efectos, la Secretaría de las distintas Comisiones definidas anteriormente
tendrán la misma consideración.
1.7. Responsable de Calidad Asistencial del Centro: 1 punto por año, hasta un máximo
de 5 puntos.
Se acreditarán mediante la presentación de la certificación firmada por el Director
Asistencial, y en la que conste expresamente la actividad que ha desempeñado como
responsable de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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