Disposiciones generales. . (2024/143-5)
Orden de 17 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
196 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 143 - Miércoles, 24 de julio de 2024

página 48518/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Orden de 17 de julio de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas
con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin
hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no
discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación
ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2024.
Mediante Orden de 20 de julio de 2021 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad,
reforma y equipamiento de centros de servicios sociales comunitarios, comunidad
gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria,
igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado,
conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de
las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
En el marco de la referida orden se determinan las líneas concretas de subvenciones
a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico para su regulación.
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del texto refundido de la
Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con
el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convocan para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía total máxima
que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que
asimismo se indican para cada línea:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS

CUANTÍA MÁXIMA
(en euros)

Línea 1. Subvenciones individuales para personas mayores.

1800010000 G/31R/48804/00 01

444.615,60

Línea 2. Subvenciones individuales para personas con
discapacidad.

1800010000 G/31R/48807/00 01

379.585,63

Línea 3. Subvenciones para la investigación e innovación en
Servicios Sociales.

1800010000 G/31G/46501/00 01
1800010000 G/31G/48500/00 01
1800010000 G/31G/44100/00 01
1800010000 G/31G/46501/00 01 2025
1800010000 G/31G/48500/00 01 2025
1800010000 G/31G/44100/00 01 2025

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

84.000,00
84.000,00
84.000,00
84.000,00
84.000,00
84.000,00
Total: 504.000,00

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305466

DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA