Disposiciones generales. . (2024/142-1)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se convoca la IX Edición de los Premios del Comercio Interior de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 142 - Martes, 23 de julio de 2024

página 48417/9

Suplentes: Don Jordi Castilla López y doña M.ª Dolores García Gómez.
- Don Juan Antonio Lozano Quijano, Jefe del Servicio de Análisis y Planificación
Comercial, designado por la Dirección General de Comercio.
- Actuará como Secretaria, con voz pero sin voto, doña Elisa Pérez Marín de la
Dirección General de Comercio.
Suplente: Doña María Carmen González Montes.
Décimo. Resolución, entrega de premios y divulgación.
1. Según el artículo 17 de la Orden de 28 de mayo de 2024, la persona titular de la
Dirección General de Comercio, por delegación de la persona titular de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, dictará la resolución de concesión, que será
publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en la sede electrónica de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, esto último con fines informativos.
2. De acuerdo con el artículo 17.5 de la Orden de 28 de mayo de 2024, la resolución
que se dicte pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma cabrá interponer recurso
contencioso-administrativo, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio del recurso
de reposición establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
en relación con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
3. Según el artículo 5.4 de la Orden de 28 de mayo de 2024, el Jurado podrá proponer
menciones especiales, sin dotación económica, con el objeto de destacar la calidad de
las candidaturas presentadas o resaltar alguna actuación o circunstancia destacable,
aunque la persona o entidad merecedora de esta mención no hubiese presentado su
candidatura.
4. Conforme al artículo 5.5 de la Orden de 28 de mayo de 2024, las personas
o entidades galardonadas podrán hacer alusión a tal condición en su página web,
folletos, etiquetas, campañas publicitarias y demás medios de promoción que estimen
convenientes, para lo cual la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo les
facilitará el diseño del logotipo correspondiente. Para diseñar y usar cualquier marca
distinta a la de la Administración de la Junta de Andalucía es necesario pedir autorización
expresa a la Dirección General de Comunicación Social, según prevé el artículo 4.4 del
Decreto 96/2017, de 27 de junio, por el que se regula la coordinación de la estrategia de
imagen institucional de la Administración de la Junta de Andalucía. Así mismo, el uso de
la imagen corporativa de la Junta de Andalucía deberá ajustarse en cualquier caso al
contenido y condiciones que se recogen en el Decreto 218/2020, de 21 de diciembre, por
el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y la
Administración de la Junta de Andalucía.
5. Según el artículo 5.6 de la Orden de 28 de mayo de 2024, la concesión del
Premio del Comercio Interior de Andalucía conlleva la posibilidad de que las personas o
entidades galardonadas hagan uso en su identidad corporativa de la mención «IX Premio
del Comercio Interior de Andalucía», precedida del ordinal en números romanos que
identifique la correspondiente convocatoria.

Sevilla, 16 de julio de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D.
(Orden de 28.5.2024, BOJA núm. 106, de 3.6.2024), la Directora General, Cecilia Ortiz
Carrasco.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305365

Undécimo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma, de conformidad con
lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.