Disposiciones generales. . (2024/142-1)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se convoca la IX Edición de los Premios del Comercio Interior de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 142 - Martes, 23 de julio de 2024

página 48417/7

Criterios de valoración y documentación acreditativa para el Premio del Comercio Interior de Andalucía a las
Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía (artículo 11 de la Orden de 28 de mayo de 2024).
a) Documentación relativa a la acreditación de los requisitos para ser beneficiaria:
1º) Acreditación de la identidad: Certificado de la Secretaría u órgano equivalente acreditativo de la persona que
ostente la alcaldía o presidencia.
2º) Acreditación de la representación: En el caso de que la candidatura sea presentada por una persona distinta
a quien ostenta la alcaldía o presidencia, se aportará documento acreditativo del poder para actuar en nombre y
representación de la entidad solicitante.

Criterio

Acreditación

Baremo

1º) Iniciativas o actuaciones que supongan
la mejora de los espacios comerciales, o que
faciliten la creación y/o nueva instalación de
pequeñas y medianas empresas comerciales y
su mantenimiento; la incorporación de nuevas
tecnologías a dichas empresas; el apoyo a
las personas o entidades emprendedoras del
sector comercial en el municipio, durante los
últimos cinco años.

Documentación: la que acredite la información
desarrollada en la memoria explicativa.

Hasta 40
puntos.

2º) Actuaciones de promoción y dinamización
de la actividad comercial y del turismo de
compras, durante los últimos cinco años.

Documentación: la que acredite la información
desarrollada en la memoria explicativa.

Hasta 20
puntos.

3º) Existencia de un Plan Estratégico de
Comercio Municipal, en el caso de los
ayuntamientos. En el caso del resto de
entidades locales, se aplicará esta puntuación
cuando estas hayan fomentado la elaboración
del Plan a través de jornadas informativas o
de la difusión del modelo de Plan Estratégico
de Comercio Municipal que la Dirección
General de Comercio pone a disposición de las
entidades municipales en, al menos, el 50% de
los municipios implicados en el proyecto.

Documentación: copia electrónica del Plan
Estratégico de Comercio Municipal, conforme al
artículo 27.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
o dirección electrónica que permita el acceso al
mismo, en el caso de los ayuntamientos.
En el caso del resto de entidades locales,
documentación acreditativa de las acciones de
fomento y difusión llevadas a cabo.

20 puntos.

4º) Existencia y puesta en funcionamiento
efectiva del Consejo Municipal de Comercio,
Mesa Local del Comercio o figura análoga.

Documentación: certificado de la Secretaría de
la aprobación formal y constitución del Consejo
Municipal de Comercio, Mesa Local del Comercio
o figura análoga y que el mismo se encuentra
con actividad a la fecha de la presentación de la
solicitud, incluyendo la fecha de constitución, en
su caso.

20 puntos.

Octavo. Fallo y notificación.
1. Conforme al artículo 14 de la Orden de 28 de mayo de 2024, el Jurado, cuya
composición se regula en el artículo 15 de la Orden de 28 de mayo de 2024, a la vista
del informe del órgano instructor y de la documentación presentada por las candidaturas,
tomará la decisión, de acuerdo con los criterios de valoración y sus correspondientes
puntuaciones y emitirá un fallo. La puntuación máxima a otorgar a cada una de las
candidaturas será de 100 puntos.
2. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas interesadas
se publicarán en la sede electrónica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, en los términos del artículo 45.1.b) y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos
efectos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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b) Documentación relativa a la acreditación de los criterios de valoración referidos a la fecha de publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía: