Disposiciones generales. . (2024/142-1)
Resolución de 16 de julio de 2024, de la Dirección General de Comercio, por la que se convoca la IX Edición de los Premios del Comercio Interior de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 142 - Martes, 23 de julio de 2024

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del Consejo Andaluz de Comercio. En el caso de las candidaturas presentadas por el
resto de entidades locales, deberán contar con las citadas ordenanzas adecuadas, al
menos, el 50% de los ayuntamientos implicados en el proyecto.
2. No podrá obtenerse la condición de persona o entidad premiada cuando concurra
alguna de las prohibiciones de los artículos 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, o del artículo 116.2 y 4 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo. Así mismo no podrán obtener la condición de premiada aquellas
personas físicas o jurídicas que en los últimos cinco años, a contar desde la fecha de
publicación de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, hubieran sido sancionadas o condenadas por resolución administrativa firme
o por sentencia judicial firme por:
a) La comisión de infracciones graves o muy graves en materia comercial, de
consumo, laboral o fiscal.
b) Alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación
vigente.
c) Incumplimiento de las obligaciones sobre igualdad de trato y oportunidades.
d) Acoso sexual en el trabajo.
e) Incumplimiento de la normativa en relación a la accesibilidad universal de las
personas con discapacidad.
Cuarto. Partida presupuestaria, control, cuantía y abono de los premios.
1. La cuantía económica global para los premios asciende para esta convocatoria
a un total de 28.800 euros, cantidad que se imputará, con cargo al ejercicio 2024, a las
partidas presupuestarias:
Partidas presupuestarias

2024 (€)

1200010000G/76A/46000/00

4.800,00

1200010000G/76A/47000/00

14.400,00

1200010000G/76A/48000/00

9.600,00

A cada modalidad de premio se le asigna la cantidad de 4.800 euros. Acompañará al
premio en metálico un galardón y un diploma acreditativo.
2. El régimen de control de los premios se realizará mediante fiscalización previa.

Sexto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.
De acuerdo con los artículos 6 y 7 de la Orden de 28 de mayo de 2024, las
candidaturas se presentarán ajustándose al formulario incluido en el Anexo I, de uso
obligatorio, y se presentarán junto con la documentación acreditativa de los requisitos
para ser beneficiaria, la memoria explicativa y la documentación que acredite los criterios
de valoración alegados, que deberá ser cumplimentado a través del Registro Electrónico
Único de la Administración de la Junta de Andalucía en el enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25657.html.
El plazo de presentación de candidaturas será de 15 días hábiles a contar desde el
día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Aprobación de los formularios.
Se aprueban para la presente convocatoria los siguientes formularios:
a) Formulario de solicitud-candidatura (Anexo I).
b) Formulario de aceptación o renuncia (Anexo II).