Disposiciones generales. . (2024/141-1)
Resolución de 16 de julio de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones para acciones de formación en prevención de riesgos laborales que fomenten el impulso de la cultura preventiva, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Lunes, 22 de julio de 2024
página 48355/15
(Página 9 de 20 )
ANEXO I
4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA
SUBVENCIÓN (Continuación)
4.2 PRESUPUESTO DE LA AYUDA SOLICITADA. DESGLOSADO (Anexo II B).
4.2.1 Gastos de ejecución del proyecto:
4.2.1.1 Compra de material fungible destinado a la ejecución del proyecto (euros):
4.2.1.2 Material didáctico entregado al alumno y necesario para la formación (euros):
4.2.1.3 Gastos derivados de la adquisición de licencias o alquiler de plataformas digitales (euros):
4.2.1.4 Gastos de publicidad y difusión de las actividades formativas y de captación y selección del alumnado participante, en los términos que, en su caso, se determinen
en las correspondientes convocatorias, hasta un porcentaje del 5% del coste subvencionable del proyecto (euros):
4.2.1.5 Contratación de aquellos servicios estrictamente necesarios en los que haya de incurrir el beneficiario como medio para la realización por sí mismo de la actividad
subvencionada, hasta un porcentaje del 20% del coste subvencionable del proyecto (euros):
4.2.1.6 Gastos destinados a cubrir costes de desplazamiento del alumnado (euros):
4.2.1.7 Gastos destinados a cubrir costes de desplazamiento del personal propio adscrito (euros):
4.2.1.8 Seguros de accidentes y de responsabilidad civil (euros):
4.2.1.9 Costes de desplazamiento, alojamiento y de manutención del alumnado y del personal propio (proyecto autonómico) (euros):
4.2.2. Gastos de personal propio, incluido el docente (límite 30%) (euros):
4.2.3. Retribuciones de personal docente contratado expresamente para el desarrollo de las acciones (euros):
4.2.4. Gastos auditoría (límite 3,5% si subvención igual o superior a 100.000 euros) (euros):
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
TOTAL DEL PROYECTO (1) ................................................................. euros.
Aclaraciones:
(1) COSTES INDIRECTOS: La imputación de los costes indirectos, con el máximo establecido en las bases reguladoras de la subvención, se realizará
conforme a los criterios de imputación y el método de asignación de los mismos establecido en el apartado 5.d) del Cuadro resumen.
4.3 CAPACIDAD TÉCNICA Y EXPERIENCIA DE LA ENTIDAD QUE SOLIITA LA ACCIÓN SUBVENCIONABLE (Anexo II C).
4.3.1 Datos de la entidad: razón social, NIF, dirección, teléfono y correo electrónico.
4.3.2 Persona responsable del proyecto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00305303
003581/1
4.3.3 Recursos materiales con los que cuenta para desarrollar el proyecto.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Lunes, 22 de julio de 2024
página 48355/15
(Página 9 de 20 )
ANEXO I
4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA
SUBVENCIÓN (Continuación)
4.2 PRESUPUESTO DE LA AYUDA SOLICITADA. DESGLOSADO (Anexo II B).
4.2.1 Gastos de ejecución del proyecto:
4.2.1.1 Compra de material fungible destinado a la ejecución del proyecto (euros):
4.2.1.2 Material didáctico entregado al alumno y necesario para la formación (euros):
4.2.1.3 Gastos derivados de la adquisición de licencias o alquiler de plataformas digitales (euros):
4.2.1.4 Gastos de publicidad y difusión de las actividades formativas y de captación y selección del alumnado participante, en los términos que, en su caso, se determinen
en las correspondientes convocatorias, hasta un porcentaje del 5% del coste subvencionable del proyecto (euros):
4.2.1.5 Contratación de aquellos servicios estrictamente necesarios en los que haya de incurrir el beneficiario como medio para la realización por sí mismo de la actividad
subvencionada, hasta un porcentaje del 20% del coste subvencionable del proyecto (euros):
4.2.1.6 Gastos destinados a cubrir costes de desplazamiento del alumnado (euros):
4.2.1.7 Gastos destinados a cubrir costes de desplazamiento del personal propio adscrito (euros):
4.2.1.8 Seguros de accidentes y de responsabilidad civil (euros):
4.2.1.9 Costes de desplazamiento, alojamiento y de manutención del alumnado y del personal propio (proyecto autonómico) (euros):
4.2.2. Gastos de personal propio, incluido el docente (límite 30%) (euros):
4.2.3. Retribuciones de personal docente contratado expresamente para el desarrollo de las acciones (euros):
4.2.4. Gastos auditoría (límite 3,5% si subvención igual o superior a 100.000 euros) (euros):
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
TOTAL DEL PROYECTO (1) ................................................................. euros.
Aclaraciones:
(1) COSTES INDIRECTOS: La imputación de los costes indirectos, con el máximo establecido en las bases reguladoras de la subvención, se realizará
conforme a los criterios de imputación y el método de asignación de los mismos establecido en el apartado 5.d) del Cuadro resumen.
4.3 CAPACIDAD TÉCNICA Y EXPERIENCIA DE LA ENTIDAD QUE SOLIITA LA ACCIÓN SUBVENCIONABLE (Anexo II C).
4.3.1 Datos de la entidad: razón social, NIF, dirección, teléfono y correo electrónico.
4.3.2 Persona responsable del proyecto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00305303
003581/1
4.3.3 Recursos materiales con los que cuenta para desarrollar el proyecto.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja