Autoridades y personal. . (2024/141-7)
Orden de 15 de julio de 2024, por la que se nombra personal funcionario en prácticas a quienes han superado el concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden de 29 de noviembre de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 141 - Lunes, 22 de julio de 2024

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2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 15 de julio de 2024, por la que se nombra personal funcionario
en prácticas a quienes han superado el concurso de méritos para el acceso
al Cuerpo de Inspectores de Educación, convocado por la Orden de 29 de
noviembre de 2023.
Por Orden de 29 de noviembre de 2023, se efectuó convocatoria pública de concurso de
méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del ámbito de
gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Realizados los trámites de selección previstos en la base sexta de la Orden de
29 de noviembre de 2023, por la que se realizó convocatoria pública de concurso de
méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del ámbito de
gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 235, de 11 de diciembre
de 2023), hecha pública por el tribunal calificador la selección ordenada del personal que
ha superado el procedimiento selectivo a que se refiere el punto 6.4. de la base sexta, y
elevada dicha relación al órgano convocante, esta Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional, en uso de las competencias que tiene atribuidas,
HA DISPUESTO
Primero. Nombrar personal funcionario en prácticas, por haber superado el concurso
de méritos convocado por la orden arriba citada, al personal aspirante que figura en el
Anexo I de la presente, ordenado por puntuación.
Segundo. Facultar a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos para adoptar cuantas resoluciones y actos sean necesarios para el desarrollo
y aplicación de esta orden, así como para el establecimiento de los criterios para la
realización de la fase de prácticas, sin perjuicio de su organización, que corresponderá a
la Inspección General de Educación.
Tercero. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo
establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición,
ante el mismo órgano que dicta la presente orden, en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 15 de julio de 2024