3. Otras disposiciones. . (2024/140-26)
Resolución de 12 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se aprueba la Política de Seguridad Interior, Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (TIC) y Protección de Datos de la Agencia Digital de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 140 - Viernes, 19 de julio de 2024

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Tercero. Organización de la seguridad.
1. Estructura organizativa.
En el ámbito de la Agencia, además de las atribuciones directamente relacionadas
con la Seguridad TIC existen otras relacionadas con las normativas de seguridad interior,
protección de datos personales, protección de infraestructuras críticas y servicios
esenciales. La estructura organizativa mínima para la gestión de estas responsabilidades
será la siguiente:
a) El Comité de Seguridad Interior, Seguridad TIC y Protección de Datos de la
Agencia, en adelante el Comité.
b) La persona Responsable de Seguridad TIC.
c) Las personas Responsables de la Información y las personas Responsables de los
Servicios.
d) Las personas Responsables de los Sistemas.
e) La persona Responsable de la Unidad de Seguridad Interior (artículo 10 del Decreto
171/2020, de 13 de octubre).
f) El Responsable de los Tratamientos de datos personales (artículo 4 del RGPD).
g) El Encargado de los Tratamientos de datos personales de otros organismos
(artículo 4.8 del RGPD).
h) La persona Delegada de Protección de Datos, en adelante DPD.
i) La persona Responsable de Seguridad y Enlace y las personas Delegadas de
Seguridad de las infraestructuras críticas según lo descrito por el Real Decreto 704/2011,
de 20 de mayo.
j) La persona, unidad u órgano Responsable de la Seguridad de la Información, según
lo descrito en el Real Decreto 43/2021, de 26 de enero.
2. Comité de Seguridad Interior, Seguridad TIC y Protección de Datos.
1. Se crea el Comité de Seguridad Interior, Seguridad TIC y Protección de Datos
de la Agencia Digital de Andalucía. El Comité actuará como órgano de dirección
y seguimiento en las tres materias, así como en los ámbitos de protección de
Infraestructuras Críticas y de Servicios Esenciales.
2. E
 n el ámbito de la seguridad interior, el Comité tendrá asignadas las siguientes
funciones:
a) La definición, aprobación y seguimiento de los objetivos, iniciativas y planes
estratégicos para la seguridad interior, incluido el Plan de Seguridad Interior.
b) Velar por la disponibilidad de los recursos necesarios para desarrollar las iniciativas
y planes estratégicos definidos.
c) El establecimiento de directrices comunes y la supervisión del cumplimiento de la
normativa de seguridad interior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305160

• Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de
las infraestructuras críticas.
• Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
protección de las infraestructuras críticas.
• Real Decreto 43/2021, de 26 de enero, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley
12/2018, de 7 de septiembre, de seguridad de las redes y sistemas de información.
• Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
• Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Secretaría General para la Administración
Pública, por la que se aprueba el Código de Conducta en el uso de las Tecnologías de
la Información y la Comunicación para profesionales públicos de la Administración de la
Junta de Andalucía (BOJA número 208, de 27 de octubre de 2020).
• Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).