3. Otras disposiciones. . (2024/140-32)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, mediante la que se concede el permiso para el empleo de determinados tipos de malla en el ámbito del Reglamento Específico de Producción Integrada de cultivos hortícolas protegidos para determinados términos municipales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 140 - Viernes, 19 de julio de 2024

página 48245/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

La producción integrada en Andalucía se encuentra regulada por el Real Decreto
1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la producción integrada de productos
agrícolas y el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción
integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados.
El citado Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, dispone en su artículo 3, que la
Consejería de Agricultura y Pesca establecerá los Reglamentos Específicos de
Producción Integrada para cada producto agrario y los transformados y elaborados
a partir de los mismos, en los que se establecerán los requisitos de cada una de las
operaciones de producción, transformación o elaboración, con el contenido mínimo que
dicho artículo describe.
En base a ello, mediante la Orden de 15 de diciembre de 2015, se aprobó el
Reglamento Específico de producción integrada de cultivos hortícolas protegidos: tomate,
pimiento, berenjena, judía, calabacín, pepino, melón y sandía, el cual establece, entre
otras, las exigencias para la estructura y la cubierta de las instalaciones de producción
(BOJA núm. 248, de 24 de diciembre de 2015), debiendo disponer de una malla para
sellar la superficie de ventilación, con una densidad mínima de 10 x 20 hilos/cm2, excepto
en el caso de que no permita una adecuada ventilación de la estructura de protección.
En determinadas zonas productoras de cultivos hortícolas protegidos del interior de
la provincia de Granada se hace necesario incrementar la ventilación de las estructuras
de protección para prevenir el desarrollo de ciertas enfermedades por las condiciones
de elevada humedad que allí se producen, mediante el uso de mallas con una densidad
inferior a la reflejada en el Reglamento Específico de producción integrada; dicha medida
no afecta al desarrollo y la circulación de insectos auxiliares ni organismos de control
biológico que se usan en estos cultivos para el control de plagas.
La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene asumida la competencia exclusiva en
materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, en virtud del artículo 48 del Estatuto
de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación
económica general y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª,
13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución, sobre la sanidad vegetal y animal; así como sobre
la vigilancia, inspección y control de dichas competencias.
El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, contempla en su artículo
11.l) que a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera le corresponden,
además de las funciones establecidas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, el apoyo técnico en el diseño e interpretación de las normas derivadas de
las denominaciones de calidad diferenciada en el ámbito de la producción agrícola o
ganadera, especialmente en lo relativo a las producciones ecológica e integrada.
A tenor de todos los hechos enunciados y vistos los preceptos citados y demás
disposiciones concordantes y de general aplicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera, mediante la que se concede el permiso para el empleo
de determinados tipos de malla en el ámbito del Reglamento Específico de
Producción Integrada de cultivos hortícolas protegidos para determinados
términos municipales.