3. Otras disposiciones. . (2024/140-27)
Decreto 125/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las vocalías que integran el Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 140 - Viernes, 19 de julio de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Decreto 125/2024, de 16 de julio, por el que se establecen las vocalías que
integran el Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía.
De conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que
se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, el Consejo
Rector está formado por las personas titulares de la Presidencia y de la Vicepresidencia
de la Agencia, por la persona titular de la Dirección General competente en materia de
tributos, por la persona titular de la Dirección de la Agencia y por seis vocalías nombradas
por el Consejo de Gobierno a propuesta de la persona titular de la Consejería competente
en materia de Hacienda.
Tras la aprobación del Decreto 120/2024, de 25 de junio, por el que se modifica el
Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, el Decreto 126/2023, de 12 de
junio, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno y se regula su
composición y funciones, y el Decreto 188/2023, de 25 de julio, por el que se crea y regula
el Comité Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la nueva distribución de funciones
entre los distintos órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos, se hace necesario modificar la composición del citado Consejo Rector, que
se acordó mediante el Decreto 257/2023, de 17 de octubre, por el que se establecen las
vocalías que integran el Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía.
En conexión con lo anterior, y dada la relación entre las competencias de los órganos
directivos en los que se estructura la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos y las atribuciones del Consejo Rector establecidas en el artículo 13.5 de la Ley
23/2007, de 18 de diciembre, y en el artículo 14.2 del Estatuto de la Agencia Tributaria de
Andalucía, aprobado mediante el Decreto 4/2012, de 17 de enero, es necesario adaptar la
composición del Consejo Rector de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Mediante este decreto se establecen los órganos directivos cuyas personas titulares
ostentarán las seis vocalías del Consejo Rector, cuyo nombramiento corresponde al
Consejo de Gobierno.
En su virtud, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 27.20 de la
Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y
por el artículo 13.2.e) de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia
Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, a propuesta de la Consejera de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos, previa deliberación del Consejo de Gobierno,
en su reunión del día 16 de julio de 2024,

Primero. Las vocalías cuyo nombramiento se atribuye al Consejo de Gobierno de la
Junta de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2.e) de la Ley 23/2007,
de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban
medidas fiscales, corresponderán, por razón de su cargo, a las personas titulares de los
órganos directivos siguientes:
- La Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos.
- La Dirección General de Contratación.
- La Dirección General de Presupuestos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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