Autoridades y personal. . (2024/139-25)
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo, próximo a quedar vacante, por el sistema de libre designación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

página 47690/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 3 de julio de 2024, de la Viceconsejería, por la que se anuncia
convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo, próximo a quedar vacante,
por el sistema de libre designación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función
Pública de Andalucía, y a los artículos 60 a 66 del Reglamento General de Ingreso,
Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 2/2002, de 9 de enero, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que
tiene delegadas por Orden de 3 de marzo de 2021, y de conformidad con el Decreto
161/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería,
modificado por el Decreto 6/2024, de 8 de enero, anuncia la provisión de un puesto de
trabajo de libre designación, con sujeción a las siguientes
BASES
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo, próximo a quedar vacante,
por el sistema de libre designación que se detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario
que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se
acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Cuarta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para la persona peticionaria, y los destinos adjudicados
serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión se
hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
La toma de posesión se efectuará en los plazos establecidos en los artículos 51 y 65
del Decreto 2/2002, de 9 de enero, remitiéndose la documentación correspondiente, para
su inscripción, al Registro General de Personal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas al Viceconsejero de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, se presentarán dentro del plazo de diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación en el BOJA de la presente resolución, a través del
Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2. En la instancia figurarán los datos personales de la persona solicitante y el puesto
que se solicita, acompañando curriculum vitae en el que hará constar el número de
registro de personal, cuerpo de pertenencia, grado personal, títulos académicos, puestos
de trabajo desempeñados en la Administración Pública y cuantos otros méritos se
relacionen con el contenido del puesto que se solicite.
3. Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o
fotocopias debidamente compulsadas. De la citada documentación se presentarán tantas
copias como puestos a los que se aspire.