3. Otras disposiciones. . (2024/139-37)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa UTE RELIMA concesionaria del servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos en el municipio de Manilva (Málaga) mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

Mediante escrito presentado el 2 de julio de 2024 por el Delegado de Personal de la
empresa UTE RELIMA en el centro de trabajo sito en calle de El Constructor, 46 (P.I.
La Dehesilla) 29691 Manilva, Málaga, se presenta convocatoria de huelga indefinida
que dará comienzo el día 14 de julio de 2024 a las 22:00 horas. La huelga afecta a las
personas trabajadoras de la referida empresa que prestan los servicios de recogida,
tratamiento, transporte y limpieza de residuos en el municipio de Manilva (Málaga).
El derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses está
reconocido por el artículo 28.2 de la Constitución Española (CE), precepto que prevé
que la ley que regule su ejercicio establecerá las garantías precisas para asegurar el
mantenimiento de los servicios esenciales para la comunidad. Actualmente la regulación
se contiene en el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, en
cuyo artículo 10, párrafo 2.º, se establece que cuando la huelga se declare en empresas
encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida
e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad
Gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de
los servicios.
El Tribunal Constitucional en sus Sentencias 11, 26 y 33/1981, 51/1986 y 27/1989 ha
sentado la doctrina en materia de huelga respecto a la fijación de tales servicios esenciales
de la comunidad, la cual ha sido resumida por la Sentencia de dicho Tribunal 43/1990,
de 15 de marzo, y ratificada en la de 29 de abril de 1993, señalando la obligación de la
Administración Pública de velar por el funcionamiento de los servicios esenciales de la
comunidad, teniendo en cuenta que «exista una razonable proporción entre los servicios
a imponer a los huelguistas y los perjuicios que padezcan los usuarios de aquellos,
evitando que los servicios esenciales establecidos supongan un funcionamiento normal
del servicio y al mismo tiempo procurando que el interés de la comunidad sea perturbado
por la huelga solamente en términos razonables».
El servicio público de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos prestado
por el Ayuntamiento de Manilva (Málaga) a través de la empresa UTE RELIMA es un
servicio esencial para la comunidad en la medida en que su interrupción total, derivada
del ejercicio del derecho de huelga, podría afectar a bienes y derechos de los ciudadanos
reconocidos y protegidos en el Título Primero de la Constitución. Hay que tener en cuenta
que la falta de limpieza en las calles y el abandono en las mismas de los residuos urbanos
genera problemas de higiene que deben abordarse para evitar las consecuencias que se
producirían por una falta de actuación.
En concreto quedaría afectado el derecho a la protección de la salud proclamado
en el artículo 43 de la Constitución que determina que compete a los poderes públicos
organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones
y servicios necesarios. Por ello, de acuerdo con el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de
marzo, sobre relaciones de trabajo, procede la fijación de los correspondientes servicios
mínimos, determinándose los mismos en el anexo de esta resolución.
En fecha 4 de julio la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
en Málaga solicita por correo electrónico propuesta de servicios mínimos a los
representantes de los trabajadores, a la empresa concesionaria y al Ayuntamiento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Resolución de 11 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad
y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público
prestado por la empresa UTE RELIMA concesionaria del servicio público de
limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos en el municipio de Manilva
(Málaga) mediante el establecimiento de los servicios mínimos.