3. Otras disposiciones. . (2024/139-42)
Orden de 11 de julio de 2024, por la que se publica la capa de montanera de Andalucía para 2024 y la superficie arbolada cubierta de quercus (SAC), asociada a la misma.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

página 48198/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 11 de julio de 2024, por la que se publica la capa de montanera
de Andalucía para 2024 y la superficie arbolada cubierta de quercus (SAC),
asociada a la misma.
El artículo 6.1 del Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma
de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico, establece que las
parcelas y recintos utilizados para la alimentación de animales cuyos productos vayan a
comercializarse con arreglo a la mención «de bellota», deberán estar identificados en la capa
montanera incluida en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC),
establecido en el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema
de información geográfica de parcelas agrícolas, como aptos para su utilización para el
engorde de animales «de bellota», conforme a las designaciones establecidas en el mismo.
El artículo 6.2 del Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, citado, establece que el
aprovechamiento de los recursos de la dehesa en época de montanera deberá realizarse
teniendo en cuenta la superficie arbolada cubierta de la parcela o recinto y la carga
ganadera máxima admisible que figura en el anexo de dicho real decreto, modulada en su
caso a la baja en función de la disponibilidad de bellota del año.
Como consecuencia de lo expuesto, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural ha elaborado la capa de montanera de Andalucía para 2024, formada por
el conjunto de recintos y parcelas identificados en el Sistema de Información Geográfica
de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) como aptos para la alimentación de
animales cuyos productos vayan a comercializarse con arreglo a la mención «de bellota»
establecida en el Real Decreto 4/2014, de 10 de enero.
Para ello se ha cruzado la cartografía del Sistema Información de Ocupación del
Suelo de España de Andalucía 2020 (SIOSE 2020), publicado por la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, con la cartografía del SIGPAC 2024 de
Andalucía y se ha calculado, para cada recinto, el porcentaje de Quercus a partir de los
datos del SIOSE 2020.
Asimismo, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha calculado
para cada uno de estos recintos la superficie arbolada cubierta (SAC), considerada como
el porcentaje de suelo cubierto por la proyección de todas las copas de los árboles de
las especies de quercíneas del recinto SIGPAC. El valor de la SAC asignado es igual al
porcentaje de Quercus calculado a partir de los datos de SIOSE 2020, corregido, en su
caso, por los resultados de las alegaciones presentadas en los años anteriores.
Como resultado de estos cálculos la capa de montanera está formada por aquellos
recintos con uso SIGPAC compatible con las formaciones adehesadas, que tienen un
porcentaje de Quercus igual o superior al 6% y están ubicados en municipios donde,
según datos del Sistema Integrado de Gestión Ganadera de Andalucía (SIGGAN), existen
explotaciones de porcino en régimen extensivo.

RESU ELVO
Primero. Hacer pública, para general conocimiento, la capa de montanera de
Andalucía para el ejercicio 2024 formada por los recintos del Sistema de Información
Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas de 2024 de Andalucía (SIGPAC 2024)
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305146

En su virtud, a propuesta del Director General de la Producción Agrícola y Ganadera
y, en ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural,