3. Otras disposiciones. . (2024/139-44)
Orden de 10 de julio de 2024, por la que se aprueban los formularios para la tramitación de subvenciones nominativas del Área de Cultura, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

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procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación
de solicitudes, estos serán de uso obligatorio por los interesados.
En este marco normativo se ha llevado a cabo la normalización de los formularios de
solicitud de subvención nominativa tramitados por el Área de Cultura de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte, conforme a lo dispuesto en la Resolución de 17 de diciembre
de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba y
publica la Guía de Normalización e Inscripción de Formularios de la Junta de Andalucía.
Estos formularios tienen como finalidad facilitar la tramitación del procedimiento
de solicitud de subvención nominativa a aquellas entidades que tienen reconocida
consignación presupuestaria en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
en el Área de Cultura, en cada ejercicio económico.
Asimismo, y de conformidad con lo previsto en el artículo 12 del Decreto 622/2019, de
27 de diciembre, los formularios estarán disponibles para la ciudadanía en el Registro de
Procedimientos y Servicios con el código de procedimiento 25524.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría General para la Cultura, en el ejercicio de
las facultades atribuidas por el artículo 7 del Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte y el
resto de la legislación vigente, y de conformidad con las competencias que me confiere
el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía,
DISPONGO
Primero. Aprobación.
La presente orden tiene por objeto aprobar los siguientes formularios, que constan
como anexos, para la tramitación de subvenciones nominativas de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte, del Área de Cultura (Código de procedimiento: 25524).
a) Anexo I: Solicitud.
b) Anexo II: Presupuesto de la actividad.
c) Anexo III: Memoria descriptiva de la actividad.
d) Anexo IV: Formulario de aceptación.
Segundo. Los formularios se presentarán única y exclusivamente de forma electrónica,
conforme a lo previsto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 15 de octubre, y estarán
disponibles en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, a
la que se podrá acceder a través del catálogo de procedimientos y servicios disponible en
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25524.html.
Tercero. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General para la Cultura para dictar las
instrucciones y adoptar las medidas necesarias para la ejecución de la presente orden.
Cuarto. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.

CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 10 de julio de 2024