Disposiciones generales. . (2024/139-2)
Extracto de la Resolución de 12 de julio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 5 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

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a) 80%, que equivale a un millón cuatrocientos cuatro mil ciento treinta y cinco
con veinte euros (1.404.135,20 €) para las subvenciones destinadas a financiar planes
de formación integrados por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el
desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social de la Comunidad Autónoma
de Andalucía y la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones sindicales o
asociaciones empresariales.
b) 20%, que equivale a trescientos cincuenta y un mil treinta y tres con ochenta
euros (351.033,80 €) para las subvenciones destinadas a financiar planes de formación
integrados por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las
funciones relacionadas con la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones
sindicales o asociaciones empresariales de ámbito andaluz.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Una vez publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, el plazo para la presentación de las solicitudes será del 15 de agosto al 14 de
septiembre de 2024 ambos inclusive, acompañadas de la documentación establecida en
el artículo 12 de las bases reguladoras.
2. En todo caso, no se admitirán a trámite, sin posibilidad de subsanación y
procediéndose a su archivo, las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido,
de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de las bases reguladoras.
Séptimo. Otros datos.
Las solicitudes y comunicaciones que sean necesarias para el seguimiento del
desarrollo de la actividad subvencionada se presentarán de forma electrónica desde la
página web
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/23765.html
en la forma prevista en las bases reguladoras y en la convocatoria.

00305125

En Sevilla, 12 de julio de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 14.10.2022, BOJA núm. 201, de 19.10.2022), la Directora General de
Formación Profesional para el Empleo, María Eva Melero Torres.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja