5. Anuncios. . (2024/139-60)
Anuncio de 15 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resoluciones relativas a procedimientos administrativos sancionadores en materia de agricultura, ganadería y pesca.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 139 - Jueves, 18 de julio de 2024

página 48204/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Anuncio de 15 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural en Málaga, de resoluciones relativas a procedimientos
administrativos sancionadores en materia de agricultura, ganadería y pesca.

NIF: 32023025X.
Expediente: MA/1066/23.
Acto notificado: Resolución definitiva procedimiento sancionador.
Plazo de recurso de alzada: Un mes, contado desde la notificación de la presente
resolución.
NIF: 53740634F.
Expediente: MA/0252/24.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305152

Intentadas sin efecto las notificaciones de las resoluciones y liquidaciones formuladas en
los expedientes sancionadores que se detallan, por supuesta infracción a la normativa
que se cita, y en cumplimiento de lo previsto en los arts. 44 y 46 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, e intentadas, sin efecto, las notificaciones personales en los domicilios que
constan en dichos expedientes, se publican los presentes anuncios para que sirvan de
notificaciones de los mismos; significándoles que en el plazo de un mes, quedan de
manifiesto los expedientes, en la Sección de Sanciones de esta Delegación Territorial
de Málaga, Avda. de la Aurora, 47, planta 5.ª, puerta 7; pudiendo formular recurso de
alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Le comunico que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en periodo voluntario
a partir del día siguiente a la fecha en que esta resolución adquiera firmeza en vía
administrativa. La referida firmeza se producirá si transcurriese el plazo de un mes,
contado desde la fecha de la notificación de la presente resolución, sin que haya sido
interpuesto contra la misma el recurso de alzada a que se hace referencia en el párrafo
anterior. En cuyo caso el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en los plazos
siguientes:
Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que adquiere
firmeza hasta el día 20 del mes posterior o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil
siguiente.
Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran
firmeza hasta el día 5 del segundo mes posterior o si este no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
En el supuesto de que se interponga recurso de alzada, el plazo para el pago en
periodo voluntario comenzará a contarse desde el día siguiente a la notificación de la
resolución recaída en el mencionado recurso, con similares plazos, a contar desde la
fecha de notificación.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la Caja
General de la Delegación Provincial de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía de
Málaga o en cualquier entidad colaboradora, utilizando el impreso normalizado 048.
Con apercibimiento que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado,
se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Hacienda,
Industria y Energía en vía de apremio.