3. Otras disposiciones. . (2024/138-32)
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que adopta la integración en la información contable consolidada de la Junta de Andalucía de las cuentas individuales de determinadas agencias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Intervención General de la Junta
de Andalucía, por la que adopta la integración en la información contable
consolidada de la Junta de Andalucía de las cuentas individuales de
determinadas agencias.
Mediante Orden de 21 de diciembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos, se aprobaron las normas para la elaboración de estados contables
consolidados y se dictaron normas para la formación de la Cuenta General de la
Comunidad Autónoma de Andalucía. Dicha orden posibilita el avance en la obtención
de la información contable consolidada en la Junta de Andalucía al regular el marco
normativo sobre el que deben elaborarse los estados contables consolidados.
La disposición transitoria primera de dicha orden establece que las normas aprobadas
para la elaboración de estados contables consolidados se aplicarán a partir del primer
ejercicio iniciado a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente al de la entrada en vigor
de la orden y que la Intervención General determinará mediante resolución el momento
a partir del cual se integrarán en la información contable consolidada de la memoria
de la Administración de la Junta de Andalucía las cuentas de las agencias, consorcios,
fundaciones, sociedades mercantiles, fondos carentes de personalidad jurídica y resto
de entidades dependientes, así como de las entidades multigrupo y asociadas. En
cualquier caso, la incorporación de las cuentas de las distintas entidades a los estados
consolidados que se incluyan en la memoria de las cuentas de la Administración de la
Junta de Andalucía se realizará de forma gradual a medida que los medios técnicos
disponibles lo permitan.
En virtud de lo anteriormente expuesto, y de conformidad con la habilitación
conferida por el artículo 112.1.c) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Intervención General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 92/2022, de 31 de
mayo, y en la disposición transitoria primera de la precitada Orden de 21 de diciembre de
2022, esta Intervención General de la Junta de Andalucía
RESU ELV E
Primero. Integrar en la información contable consolidada de la memoria de las
cuentas de la Administración de la Junta de Andalucía las cuentas individuales de las
siguientes agencias administrativas:
- Instituto Andaluz de la Mujer (IAM).
- Instituto Andaluz de la Juventud (IAJ).
Segundo. La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se aplicará a la memoria de la
Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2023.

Sevilla, 5 de julio de 2024.- La Interventora General, María Antonia González Pavón.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00305064

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.