3. Otras disposiciones. . (2024/138-33)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por la que se concede autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto que se cita. (PP. 8989/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024

página 47542/4

- Planta Fotovoltaica La Torre 40, S.L., la cual expone que se incluya como condicionado
al proyecto «Arjona V» que los eventuales daños y perjuicios que se produzcan en
instalaciones y líneas propiedad de Fotovoltaica La Torre 40, S.L., como consecuencia de la
ejecución de las obras deberán ser indemnizados por el titular del proyecto «Arjona V», a lo
que el titular Mes Solar XII, S.L., contesta con fecha 20 de diciembre de 2023, exponiendo
que en el hipotético caso de que se produzcan daños a las instalaciones del alegante, o de
cualquier otro tercero, durante la ejecución u operación de la línea, se abrirán los cauces
legales adecuados para las valoraciones y reclamaciones de los mismos. En ningún caso
se debe reflejar como un condicionado técnico el mecanismo propuesto por la alegante,
por no estar en el alcance de lo que una resolución administrativa debe comprender. Del
mismo modo se detalla la solución técnica al cruzamiento con la línea de evacuación de la
promotora de la Planta Fotovoltaica La Torre 40, S.L.
- Redexis, S.A, informe del 12 de septiembre de 2023 y fecha de conformidad 14 de
septiembre de 2023.
Así mismo, se realizó consulta a los siguientes organismos, sin que haya habido
respuesta por parte de estos:
- Ayuntamiento de Fuerte del Rey, enviada separata el 31 de agosto de 2023, no
acusando lectura de la misma.
- Ayuntamiento de Jaén, enviada separata el 31 de agosto de 2023 y leída el mismo día.
- Delegación Territorial en Jaén de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul, enviada separata el 31 de agosto de 2023.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran
establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la
Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas
que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de
evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de
transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica,
siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su
aprovechamiento no afecte a otro territorio.

Tercero. Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver en dicho
ámbito territorial el procedimiento de Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de
las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica,
regulada en los artículos 54 y siguientes de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico, en virtud del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 4/2023, de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304492

Segundo. Esta Delegación Territorial es competente para tramitar y resolver los
procedimientos de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo
53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en
el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
modificado por Decreto del Presidente 4/2023, de 11 de abril, en la Resolución de 11 de
marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas
competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia
de Energía, y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto
226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de
la Administración de la Junta de Andalucía.