Autoridades y personal. . (2024/138-28)
Resolución de 10 de julio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes cuerpos, opciones y/o subopciones del Cuerpo de Técnicos de Grado Medio de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024
página 48048/5
Cuarta. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el
Anexo III de la presente resolución.
La presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica,
conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, de Función Pública de Andalucía.
La presentación electrónica requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes
pasos a través de la dirección web del empleado público de Andalucía o, de forma directa,
en la dirección web https://lajunta.es/libresolicitudes:
a) La cumplimentación electrónica de la solicitud de participación (Anexo III).
b) La aportación de documentación en caso necesario.
c) La formalización del abono de tasas (modelo 046), salvo que concurra causa de
exención del pago.
d) La firma y la presentación ante el registro electrónico de la solicitud.
2. Quienes deseen participar harán constar en su solicitud si concurren por el turno
general o por el cupo de discapacidad, entendiéndose que optan por el turno general
si no hacen constar este dato, e identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta
convocatoria, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al cuerpo,
opción y subopción a que se aspira.
En el caso de que la persona participante que solicite expresamente participar por el
cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad no cumpla con los requisitos
previstos en el primer apartado de la base anterior, pasará a participar por el turno
general. Deberá, en este caso, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de diez días
hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución provisional
en la que aparezca como excluida en dicho turno general por no abono de la tasa.
3. Cada solicitud deberá ir acompañada, en su caso, de la siguiente documentación:
a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma.
b) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
c) Dictamen técnico facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación de los
ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base tercera de la presente
convocatoria.
d) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304998
La comisión de selección examinará y valorará las adaptaciones solicitadas
resolviendo lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas
deberán incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el
que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus
circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página
web del Instituto Andaluz de Administración Pública, pudiendo realizarse la consulta
personalizada por las personas aspirantes en la dirección web
https://ws168.juntadeandalucia.es/adaptaciones.
3. Si alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado
por el cupo de discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera
plaza en dicho cupo, y su puntuación en el proceso selectivo fuera igual o superior a la
obtenida por otras personas aspirantes del turno general, será incluida por su orden de
puntuación en el turno general.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Miércoles, 17 de julio de 2024
página 48048/5
Cuarta. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el
Anexo III de la presente resolución.
La presentación de las solicitudes se realizará exclusivamente de manera electrónica,
conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, de Función Pública de Andalucía.
La presentación electrónica requerirá el cumplimiento sucesivo de los siguientes
pasos a través de la dirección web del empleado público de Andalucía o, de forma directa,
en la dirección web https://lajunta.es/libresolicitudes:
a) La cumplimentación electrónica de la solicitud de participación (Anexo III).
b) La aportación de documentación en caso necesario.
c) La formalización del abono de tasas (modelo 046), salvo que concurra causa de
exención del pago.
d) La firma y la presentación ante el registro electrónico de la solicitud.
2. Quienes deseen participar harán constar en su solicitud si concurren por el turno
general o por el cupo de discapacidad, entendiéndose que optan por el turno general
si no hacen constar este dato, e identificarán en su solicitud de forma inequívoca esta
convocatoria, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al cuerpo,
opción y subopción a que se aspira.
En el caso de que la persona participante que solicite expresamente participar por el
cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad no cumpla con los requisitos
previstos en el primer apartado de la base anterior, pasará a participar por el turno
general. Deberá, en este caso, satisfacer el importe de la tasa en el plazo de diez días
hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la resolución provisional
en la que aparezca como excluida en dicho turno general por no abono de la tasa.
3. Cada solicitud deberá ir acompañada, en su caso, de la siguiente documentación:
a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma.
b) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
c) Dictamen técnico facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación de los
ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base tercera de la presente
convocatoria.
d) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00304998
La comisión de selección examinará y valorará las adaptaciones solicitadas
resolviendo lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas
deberán incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el
que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus
circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página
web del Instituto Andaluz de Administración Pública, pudiendo realizarse la consulta
personalizada por las personas aspirantes en la dirección web
https://ws168.juntadeandalucia.es/adaptaciones.
3. Si alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado
por el cupo de discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera
plaza en dicho cupo, y su puntuación en el proceso selectivo fuera igual o superior a la
obtenida por otras personas aspirantes del turno general, será incluida por su orden de
puntuación en el turno general.