3. Otras disposiciones. . (2024/137-38)
Resolución de 8 de julio de 2024, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se hacen públicas las superficies concedidas de autorizaciones de nuevas plantaciones de viñedo para el ejercicio 2024.
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BOJA
NIF/NIE/CIF N.º de expediente

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Nombre y apellidos/Razón social

Número 137 - Martes, 16 de julio de 2024

página 48030/4

Puntuación
total*

Superficie
solicitada
(ha)

Superficie
Motivo
Superficie
concedida
de no
admisible**
(ha)
concesión

75541467Z

RVIT-HU-24-002

0,0

0,6000

0,0000

0,0000

(1), (2)

77585696A

RVIT-MA-24-001

0,0

6,0000

0,0000

0,0000

(4)

B11018579

RVIT-CA-24-004

MANUEL ARAGON BAIZAN, S.L.

0,0

0,5500

0,0000

0,0000

(1)

B19628098

RVIT-GR-24-003 BODEGAS DOMINGO Y QUILES,
S.L.L.

0,0

1,2700

0,0000

0,0000

(1)

B87690491

RVIT-MA-24-003 CONTRESTEBAN GESTIÓN, S.L.

0,0

0,7100

0,0000

0,0000

(2)

B92943372

RVIT-MA-24-002 HACIENDA LOS ARCOS,
BODEGAS Y VIÑEDOS, S.L.

0,0

0,7500

0,0000

0,0000

(1)

B93528412

RVIT-MA-24-008 GUERRERO AGRICULTURA Y
GANADERIA, S.L .

0,0

2,0200

0,0000

0,0000

(1), (2)

J21398268

RVIT-HU-24-008 HERMANOS PICHARDO CALERO,
S.C.

0,0

0,1800

0,0000

0,0000

(4)

* De acuerdo al Anexo III del Real Decreto 1338/2018.
** Aplicando el límite de superficie admisible por solicitante de 5 ha.

00304980

(1) L
 a persona solicitante no cumple con el requisito de admisibilidad de tener a su disposición, a fecha de apertura del plazo de solicitudes, la
superficie agraria para la que solicita la autorización (artículo 8.1.a del Real Decreto 1338/2018), así como algún otro requisito indispensable para la
concesión de autorización de nueva plantación de viñedo de la normativa vigente en el ámbito de viñedo.
(2) La persona solicitante no cumple concretamente con el requisito de admisibilidad de tener la capacidad y competencias profesionales adecuadas
(artículo 8.1.b del Real Decreto 1338/2018).
(3) Que el solicitante, a fecha de apertura del plazo de solicitudes, tenía plantaciones de viñedo sin autorización (artículo 8.1.c del Real Decreto
1338/2018).
(4) Según art. 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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